Cataluña

Último trámite

El Supremo da cinco días a los condenados por el “procés” para pronunciarse sobre sus indultos

Los magistrados quieren escuchar sus alegaciones sobre una medida de gracia que ellos no han solicitado antes de elaborar el informe que remitirá al Gobierno

Junqueras, Romeva y Forn (de izda. a dcha.) y el resto de condenados, durante el juicio del "procés" en el Tribunal Supremo
Junqueras, Romeva y Forn (de izda. a dcha.) y el resto de condenados, durante el juicio del "procés" en el Tribunal SupremoEmilio NaranjoEFE

El Tribunal Supremo ha dado a los doce políticos independentistas condenados en el juicio del “procés” cinco días de plazo para que presenten sus alegaciones en relación a las peticiones de indulto sobre las que tiene que pronunciarse y que la Fiscalía rechaza.

El Alto Tribunal justifica la decisión en que esas solicitudes de la medida de gracia no han sido promovidas por los condenados, sino por terceras personas, por lo que les ofrece la posibilidad de pronunciarse acerca de esa petición si lo consideran oportuno, aportando sus “alegaciones previas a la elaboración” por parte de los magistrados de la Sala del preceptivo informe sobre los indultos, que no es vinculante, antes de remitirlo al Ministerio de Justicia y de que el Gobierno de Pedro Sánchez se pronuncie al respecto.

El pasado marzo, el Supremo solicitó un informe al Tribunal de Cuentas para cerciorarse de si los condenados por malversación habían prestado la fianza para hacer frente a los 4,1 millones de euros que, según el citado organismo, costó el referéndum ilegal del 1-O para las arcas públicas. Lo hizo a instancias de la Abogacía del Estado, que consideraba necesario conocer esa información antes de pronunciarse sobre la concesión de esa medida de gracia.

Ése era, precisamente, el último informe para encarar la recta final antes de pronunciarse sobre esas peticiones de indulto, que previsiblemente rechazará tras invocar la gravedad de los delitos cometidos y las elevadas penas impuestas, de hasta trece años de prisión, al oponerse a la aplicación del artículo 100.2 y el tercer grado penitenciario a los condenados.

Cuixart: “No aceptaremos ninguna humillación”

El president de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, condenado a nueve años de prisión en la sentencia del “procés”, no ha tardado mucho en contestar al Tribunal Supremo respecto a las peticiones de indulto. “No aceptaremos ninguna humillación”, ha recalcado en su cuenta de Twitter el líder de la asociación independentista, quien ha insistido en defender lo que considera actuaciones amparadas por el ejercicio de derechos fundamentales y ha replicado al tribunal: “Ni arrepentimiento ni indultos”. “La defensa de la democracia no admite chantajes”, ha añadido.

El líder de ERC y ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los ex consellers Raül Romeva, Jordi Turull y Carmen Bassa fueron condenados por sedición, pero también por un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía. Según la sentencia del Tribunal Supremo, “los gastos del referéndum relacionados con la publicidad institucional, organización de la Administración, confección del registro de catalanes en el exterior, material electoral, pago de observadores internacionales y aplicaciones informáticas son expresivos de la consciente y voluntaria desviación de destino de los fondos públicos”.

La Fiscalía, en contra

La Fiscalía ya se ha mostrado contraria a la concesión de los indultos por la “enorme gravedad de los hechos y la más que acreditada proporcionalidad de las penas impuestas”.

El pasado diciembre, los fiscales del “procés” dejaron claro que “eximir de responsabilidad, por esta vía del indulto, a quienes valiéndose de las funciones públicas de Gobierno” quebrantaron “gravemente” las leyes “a través de la ejecución de unos comportamientos delictivos extraordinariamente graves como lo son intentar la liquidación del orden constitucional o los actos de corrupción mediante la disposición de fondos públicos con fines criminales, además de vaciar de contenido la función jurisdiccional y el cumplimiento de las sentencias, supone una quiebra inadmisible en términos de legalidad democrática del principio de igualdad ante la ley al privilegiar injustificada y arbitrariamente al gobernante desleal y corrupto”.

La Fiscalía fue más allá y subrayó que “las circunstancias” del caso “no aconsejan la concesión del indulto”, al no concurrir en su opinión “razones de justicia, equidad o utilidad pública”. E hizo hincapié -en referencia a posibles acuerdos del Gobierno con ERC- que las circunstancias que pueden avalar la medida de gracia “aquí no se aprecian” y no se deben sustentar en “motivaciones de índole política o derivadas de acuerdos políticos”.