Días inhábiles
El Supremo no descarta habilitar el fin de semana para estudiar los recursos por las restricciones
El plazo máximo para resolver la casación contra las decisiones de los tribunales superiores autonómicos sobre el toque de queda o los confinamientos puede superar si no los doce días
Calma chicha en la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) a la espera de que se formalicen los primeros recursos de casación contra las decisiones de los tribunales superiores de justicia que no han avalado las restricciones acordadas por los gobiernos regionales fuera del paraguas legal del estado de alarma.
Los ejecutivos de Canarias y Andalucía ya han anunciado que darán ese paso tras el jarro de agua fría que ha supuesto para ambos gobiernos que sus respectivos tribunales superiores no hayan avalado todas o alguna de las medidas que pretenden imponer dichas comunidades autónomas para frenar el avance de la pandemia.
A la espera de que se ponga en marcha el procedimiento que establece la reciente reforma legal impulsada por el Gobierno que deja en manos del Tribunal Supremo la fijación de unos criterios uniformes al respecto, basta echar un vistazo a la nueva normativa de ese «recurso exprés» para comprobar que su resolución puede demorarse, pese a su carácter urgente, incluso más de doce días.
De ahí que fuentes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo apunten que no se descarta incluso habilitar los fines de semana para el estudio y deliberación de estos recursos, una decisión que en su caso deberá tomar el presidente de la Sala Tercera, César Tolosa.
Derechos fundamentales en juego
Tolosa, precisamente, formará Sala con el conjunto de magistrados de la Sección Cuarta encargados de resolver esos recursos: Pablo Lucas, Celsa Pico, Luis María Díez Picazo, Pilar Teso, José Luis Requero y Rafael Toledano. Y dado que la decisión recaerá en lo que acuerden seis magistrados, su voto puede ser determinante para inclinar la balanza en caso de disparidad de criterio, aunque por la trascendencia y la afectación del ejercicio de derechos fundamentales que supone, lógicamente se buscará la unanimidad o el mayor consenso posible.
Las fuentes consultadas hacen hincapié en que, con la ley en la mano, los recurrentes disponen de tres días desde que se notifique la resolución del TSJ para recurrir esa resolución. Eso es precisamente lo que harán tanto Andalucía como Canarias, pero no Navarra, que acatará la decisión de su tribunal superior de no permitir que continúe el toque de queda en su territorio. Tampoco Baleares, pues la Fiscalía ya ha anunciado que no recurrirá al Supremo el aval del TSJ balear al toque de queda y a las restricciones en reuniones y en la movilidad.
En el caso de Baleares, como en el de País Vasco y la Comunidad Valenciana, existe un problema añadido: esas resoluciones son anteriores al pasado 9 de mayo, cuando entró en vigor el decreto-ley que introdujo el recurso de casación urgente ante el Supremo para estos casos, como ha advertido en una entrevista en El País el fiscal jefe de lo Contencioso de la Fiscalía del Supremo, Pedro Crespo.
A esos tres días de plazo para interponer el recurso hay que sumar otros tres para que las partes presenten alegaciones (la administración afectada, la Fiscalía y, en su caso, la Abogacía del Estado). Y cinco días más para resolver. En total, once, que unidos a los inevitables días inhábiles (el fin de semana), permitirían legalmente que esa decisión se demorase hasta trece días. De ahí que el Alto Tribunal no cierre la puerta a habilitar también esos días inhábiles para que la repercusión de su decisión sobre el ejercicio de derechos fundamentales como los de circulación o reunión sea la menos posible.
Dudas sobre la acumulación de recursos
Para la resolución de cada recurso habrá que designar un ponente (encargado de redactarla y de someterla al criterio de sus compañeros) por turno. «Se va a procurar que todos los magistrados se hagan cargo de una ponencia para estudiar los recursos previamente», señalan las fuentes consultadas.
Y en el más que probable caso de que los recursos de casación se acumulen de forma simultánea, otra de las decisiones que habrá que tomar será «si las deliberaciones se acumulan». Aunque según esas mismas fuentes «no tiene mucho sentido que en un procedimiento que requiere rapidez haya que esperar a tramitar todos los recursos juntos», lo que inevitablemente dilataría el proceso.
En las previsiones más optimistas, desde luego, se pueden acortar los plazos, por ejemplo si los magistrados no agotan los cinco días de los que disponen para pronunciarse o la administración o la Fiscalía no se demoran tres días para presentar sus alegaciones.
El recurso de Canarias será el primero en llegar, pues el plazo para presentarlo (dependiendo de cuándo se le notificó el fallo del TSJ del pasado domingo) concluye hoy mismo o mañana si la notificación se produjo el lunes. Si antes del viernes informase la Fiscalía, la Sala se vería ante la tesitura de habilitar el próximo fin de semana para acortar los plazos y clarificar su doctrina respecto a la vigencia de las restricciones huérfanas de estado de alarma.
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