Sanciones

Tras el fallo del TC: ¿Cómo recurro las multas del estado de alarma?

Se anularán las sanciones que hayan sido recurridas o que no hayan llegado a notificarse

Imágenes de la Policía Municipal en Gran Vía y Plaza de España controlando el trafico y los peatones que están por esa zona en el primer estado de alarma
Imágenes de la Policía Municipal en Gran Vía y Plaza de España controlando el trafico y los peatones que están por esa zona en el primer estado de alarmaJesus G. FeriaLa Razón

El Tribunal Constitucional declaró este miércoles ilegal el mecanismo utilizado por el Gobierno para decretar el confinamiento domiciliario el 14 de marzo de 2020 bajo el paraguas del estado de alarma. Una exigua mayoría, de seis a cinco magistrados, resolvió que durante esta etapa no se limitaron derechos fundamentales, sino que se suspendieron y que la herramienta apropiada para hacerlo era el estado de excepción y no el de alarma. La vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, de orientación progresista, fue decisiva para tomar esta decisión. También votaron a favor Pedro González-Trevijano, Antonio Narváez, Alfredo Montoya, Ricardo Enríquez y Santiago Martínez-Vares.

El Constitucional rechazó la inconstitucionalidad de las medidas acordadas en los velatorios para luchar contra la Covid-19 recurridas por Vox, pero dio la razón al partido de Santiago Abascal declarando ilegales los puntos 1 y 3 del artículo 7 del decreto-ley, relativos a la libertad de circulación de personas y coches en espacios y vías públicas, así como el punto 5 del mismo artículo, que otorgaba al Ministerio del Interior potestad para acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos por razones de salud pública. También reconoció como inconstitucional que se habilitara al Ministerio de Sanidad para “modificar” o “ampliar” las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales y actividades recreativas, así como las actividades de hostelería y restauración. Ante este escenario se abre un abanico de posibilidades sobre las sanciones que se impusieron entonces.

¿Qué multas serán anuladas?

Hasta dentro de unos días no se conocerá la letra pequeña del fallo, porque tiene que incluir los votos particulares de los magistrados que han quedado en minoría, pero todo apunta a que dejará sin efecto las multas por saltarse el confinamiento que todavía no hayan sido abonadas. Esto quiere decir que se anularán las que fueron recurridas por los sancionados y las que no han llegado a notificarse. Durante los 99 días que duró el aislamiento domiciliario, Policía Nacional, Guardia Civil y policías locales propusieron un total de 1.142.127 sanciones, pero solo 228.994 estaban tramitándose o ya tramitadas el pasado mes de abril.

¿Qué pasa si he pagado mi multa?

En caso de haber abonado ya la multa, el Gobierno podría implantar un sistema de devolución o cada ciudadano podría tener que establecer su propio contencioso administrativo. No obstante, también existe la posibilidad de que el Estado no devuelva el importe de los que pagaron la cantidad estipulada, que osciló entre los 600 y los 30.000 euros, en función de la gravedad del acto. Cabe esta posibilidad, porque, con carácter general, todo proceso que haya adquirido firmeza judicial no se puede reabrir, por lo que las pagadas no podrían devolverse.