Reacciones

Jueces lamentan que el Gobierno se salta los informes de expertos en una reforma penal de calado

Las asociaciones judiciales comparten la necesidad de reformar el Código Penal, pero piden que sea “mirando al futuro y no al pasado”

Entrevista de Pedro Sánchez en La Sexta
Entrevista de Pedro Sánchez en La Sextaatresmedia

La reforma del delito de sedición era un fantasma que iba y venía desde que el Gobierno llegó al poder en 2018. La materialización de esta modificación del Código Penal ha llegado por fin este viernes en el que el PSOE y Unidas Podemos han presentado una proposición de ley para sustituir directamente el artículo 544 (sedición) y transformarlo en una modalidad agravada de desórdenes públicos. Las reacciones dentro del mundo de la judicatura son variopintas, si bien la mayoría de jueces coincide en que se basa más en una decisión “política” y lamentan que se vayan a sortear los informes de los expertos en Derecho.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció ayer en La Sexta que rebajaría las penas para uno de los delitos por los que el Tribunal Supremo condenó a los líderes del procés. La mecánica elegida ha sido una proposición de ley que puede ser impulsada por los grupos parlamentarios y cuenta con menos “garantías” que un proyecto de ley (impulsado por el Gobierno) porque no debe pasar por los filtros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo de Estado. Aunque los informes que estas instituciones emiten no son vinculantes sí son perceptivos y se utilizan como guía para pulir errores técnicos y enriquecer los argumentos jurídicos. El hecho de que una reforma de este calado no se vaya a consultar con el Poder Judicial ha sido motivo de lamento en las asociaciones judiciales.

“No lo hacen por eludir un informe, lo hacen por eludir posibles informes negativos, entiendo”, explica Fernando Portillo, portavoz de Foro Judicial Independiente (FJI). Ellos prefieren no pronunciarse sobre el fondo de la cuestión porque quieren ser “respetuosos con la separación de poderes”, si bien apuntan: “Se supone que hemos puesto a unos parlamentarios para que satisfagan unas necesidades de los ciudadanos. Habrá que hacer examen de si eso [la reforma del delito de sedición] satisface a la sociedad”.

El delito de sedición se ha utilizado en un puñado de sentencias y la única condena vigente, según apuntan las fuentes consultadas, es la de los líderes independentistas. Los controladores aéreos que fueron a la huelga en 2010 y provocaron el primer estado de alerta en la historia de España y la intervención militar fueron acusados de sedición, pero el tribunal luego no les impuso esa pena. Sí fue impuesta, por ejemplo, para un grupo de presos que organizaron un motín en Torrero en enero de 1978. El Supremo los condenó a penas entre 3 y 10 años después de que murieran dos internos carbonizados en un incendio. Lo cierto es que apenas hay fallos con esta condena escrita y eso lleva a pensar a los jueces consultados que la finalidad del Gobierno se aleja de hacer más útil el derecho que ellos consultan a diario.

“Cualquier modificación del Derecho Penal requiere un estudio técnico detallado, una valoración de la necesidad y lo que no puede ser nunca es un traje a medida para resolver una coyuntura política concreta”, expone Javier Martínez Marfil, magistrado de la Audiencia Provincial de Alicante y miembro de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). “No estamos cuestionando que el Parlamento no tenga funciones legislativas, es parte de la esencia democrática, pero es una utilización del Código Penal de una manera un poco frívola”, dice.

“Mientras que la sedición es un delito que no tiene gran aplicación, los desórdenes públicos sí la tienen y eso es un término a tener en cuenta”, aclara Jorge Fernández Vaquero, juez y portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV). A él le preocupa la nueva redacción del artículo en la que se cambia la terminología conductas que van destinadas a impedir la aplicación de las leyes por los que estén “atentando contra la paz pública”. “¿Puede darse el caso de que unas personas que se alcen pública y tumultuariamente para impedir que se cumpla la ley y que no estén atentando contra la paz pública mediante la ejecución de actos de violencia? Pregunto”, reflexiona.

En este sentido, pide que se reforme el Código Penal “mirando hacia el futuro y no mirando hacia el pasado”. “Todo el mundo está pensando en lo que pasó en Cataluña y puede volverse a repetir, pero pueden suceder cosas muy graves que no tienen que ver con el independentismo de Cataluña y hay que tener previsto si quedan sancionadas o no”, revisa.

Los consultados, aunque reclaman una revisión “pausada” y con sentido común, también señalan la necesidad del reforma que tenía la legislación preconstitucional. “Teníamos una regulación del siglo XXI que en el resto de Europa no se hizo así que lo que se ha hecho es tratar de actualizar e igualar los estándares europeos”, expresa Edmundo Rodríguez, magistrado de la Audiencia Provincial de Vizcaya y viceportavoz de Jueces y Juezas para la Democracia.