Recta final

La reforma de la malversación no evita el juicio a Junqueras y Puigdemont por el desvío de fondos del “procés”

El Tribunal de Cuentas rechaza los argumentos de los 35 ex altos cargos demandados, a quienes la Fiscalía reclama 3,1 millones por los gastos del 1-O y la promoción exterior del plan soberanista

Los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas, el líder de ERC Oriol Junqueras y más de una treintena de ex altos cargos de la Generalitat serán juzgados por el Tribunal de Cuentas por el supuesto desvío de al menos tres millones de euros de fondos públicos para financiar el “procés”, un procedimiento contable que no se verá alterado por la inminente reforma del delito de malversación.

Así lo ha acordada la consejera del tribunal Elena Hernáez en la vista preliminar celebrada hoy, en la que ha rechazado todos los argumentos de las defensas de los 35 encausados, dejando expedita la vía hacia el juicio, que previsiblemente se celebrará en 2023. La consejera ha admitido que testifique en el juicio el expresident, como habían pedido las defensas de Artur Mas y otro de los encausados, tras rechazar -como pretendía el abogado de Puigdemont- que declarara como demandado.

La consejera del tribunal ha defendido la jurisdicción del tribunal para el enjuiciamiento -en el que no es obligatorio que estén presentes los encausados, pues basta con que estén representados por sus defensas- por esa supuesta responsabilidad contable por alcance y ha rechazado que la causa penal en el Tribunal Supremo -que tendrá que adecuar las penas impuestas tras la polémica reforma de los delitos de sedición y malversación- impida seguir adelante con el proceso contable. “No hay identidad de las causas”, ha subrayado negando que sea pueda aplicar el principio de cosa juzgada a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo.

Hernáez ha asegurado que “nos encontramos en ámbitos diferentes: una cosa es el objeto del proceso contable, la restitución de unos menoscabos a la Hacienda pública, y otra la causa penal”. “No hallo ningún obstáculo en la tramitación conjunta de ambas” causas, ha defendido, aunque ha precisado que si “en la fase de prueba apreciamos alguna concurrencia podríamos plantear en la sentencia qué suerte le damos (a esa pretensión), estimatoria o desestimatoria”. “Nos veremos en el acto del juicio”, se ha despedido la consejera.

La defensa de Carles Puigdemont ha intentado sin éxito frenar en el Tribunal de Cuentas el juicio por la supuesta responsabilidad contable contra el expresidente catalán esgrimiendo su inmunidad parlamentaria como eurodiputado. En la vista preliminar celebrada hoy, el abogado del líder independentista, Gonzalo Boye, ha pedido la suspensión del procedimiento porque el tribunal no ha solicitado a la Eurocámara el suplicatorio para proceder contra él (y contra los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí) y al considerar que se le está sometiendo a un doble proceso que se solapa con la causa penal en el Tribunal Supremo.

Pero la consejera también ha echado por tierra esa pretensión. “No estamos en un procedimiento sancionador -ha señalado- ni estamos planteando ninguna restricción de inmunidad, sino únicamente ejerciendo una función reparadora en una acción de restitución de fondos públicos”.

El fiscal tumba las alegaciones

Así se ha manifestado en la vista preliminar que se ha celebrado con carácter previo al juicio contable que se celebrará contra 35 exaltos cargos de la Generalitat -entre ellos, además de Puigdemont y Junqueras, Artur Mas y exconsellers como Raül Romeva o Jordi Turull- por el supuesto desvío de fondos públicos en el “procés” para financiar el referéndum ilegal del 1-O y la promoción exterior del desafío soberanista a través de Diplocat. Un desembolso por el que la Fiscalía les reclama 3,1 millones -una cantidad que Sociedad Civil Catalana (SCC),que también ejerce la acusación, eleva a cinco millones-, tras renunciar en la vista a solicitar el reintegro de 336.143 euros gastados en la campaña “Civisme”, lo que supone que se aparte del procedimiento a Jaume Mestre, exresponsable de Difusión Institucional de la Administración catalana, que solo estaba demandado por esta reclamación.

La consejera del Tribunal de Cuentas, Elena Hernáez, ha rechazado sin embargo suspender el procedimiento con el respaldo tanto de la Fiscalía como de Sociedad Civil Catalana (SCC), que también ejerce la acusación.

El fiscal Manuel Martín Granizo ha asegurado que el procedimiento contable contra Puigdemont “no limita su capacidad de movimiento” ni el ejercicio de sus funciones como europarlamentario. “Extender el ámbito de la inmunidad a un proceso de resarcimiento contable iría en contra del derecho de la Unión Europea”, ha dejado claro.

“Es compatible con la jurisdicción penal”

El representante de la Fiscalía ha defendido respecto a la causa abierta en el Tribunal Supremo contra algunos de los demandados que “es compatible la actuación de la jurisdicción penal con la del Tribunal de Cuentas. El único límite es que cada una de ellas debe operar en su estricto ámbito: el orden penal tiene prioridad en determinar los hechos y la jurisdicción contable, en la exigencia de la responsabilidad por alcance respecto a esos mismos hechos, sin que se vulnere el principio de non bis in idem”. El representante del Ministerio Público ha recordado que “el propio Tribunal Supremo lo determinó así cuando remitió al Tribunal de Cuentas la ejecución de su sentencia. Si esto vulnerase el non bis in idem, no hubiera derivado esta tarea al Tribunal de Cuentas”.

“No estamos ante un supuesto de libertad de expresión, sino de responsabilidad contable”, ha subrayado en esa misma línea la representación letrada de Sociedad Civil Catalana, que ha defendido que “no existe inmunidad desde el momento en que el resto de demandados no gozan de inmunidad” en un proceso judicial, ha recalcado, “dirigido a reclamar una responsabilidad contable”.

Del mismo modo, el letrado Juan Ramón Chapapría ha hecho hincapié en que la causa penal en el “procés” -en la que Puigdemont está procesado por sedición y malversación- es compatible con el procedimiento abierto en el Tribunal de Cuentas. “Es legalmente posible el enjuiciamiento de unos mismos hechos con plena autonomía. En una y otra jurisdicción son distintos los criterios de enjuiciamiento y las normas aplicables tienen distinta eficacia jurídica”.

“No existe obstáculo alguno para que exista una responsabilidad resarcitoria por los mismos hechos”, ha recalcado la acusación, que ha precisado que el tribunal “solo debe limitarse a cuantificar el daño contable o alcance actuando al margen de la responsabilidad penal con sus propias normas contables”.

La defensa de Puigdemont esgrime su inmunidad

Pero para la defensa de Puigdemont seguir adelante con el proceso contable “es una vulneración de la inmunidad y supone la nulidad de todo el procedimiento”, que según Boye “no debe continuar mientras no se haya solicitado el correspondiente suplicatorio”. “Si lo tiene que hacer el Tribunal Supremo también lo tiene que hacer el Tribunal de Cuentas”, ha señalado.

Para la defensa de Puigdemont, este procedimiento contable por alcance (desvío de fondos públicos) no es compatible con la causa del “”procés” que instruye en el Tribunal Supremo el magistrado Pablo Llarena. El letrado ha invocado la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), según la cual -ha explicado- “se vulnera el principio non bis in idem por el mero hecho de someter a una persona a un doble proceso probatorio por los mismos hechos”. “Una persona no tiene que verse sometida a dos procedimientos por los mismos hechos. Los hechos son idénticos y las personas también”, ha denunciado.

La Fiscalía, que llegó a fijar su reclamación a los encausados en 9.054.005,95 de euros en su liquidación provisional (que posteriormente rebajó a 3,4 millones), considera que incurrieron en responsabilidad contable por gastar 1,2 millones en la preparación del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y otros 2,2 en la promoción exterior del “procés”, fundamentalmente a través de Diplocat y las embajadas catalanas.

En su demanda, ratificada hoy por el fiscal Manuel Martín Granizo, el Ministerio Público señala la responsabilidad contable de Puigdemont, “en atención a su condición de responsable máximo de la Generalitat”, y de “los consejeros condenados por el Tribunal Supremo” (Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull), que fue el que “derivó al Tribunal de Cuentas la ejecución de la responsabilidad civil”. La Fiscalía también incluye entre los demandados a los consejeros en rebeldía, que “siguiendo el criterio de la sentencia del alto tribunal, pusieron sus departamentos al servicio de actos nucleares de ejecución” (Toni Comín y Lluís Puig), aunque precisa que respecto a ellos “no hay pronunciamiento, pues no han sido enjuiciados”.