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El Gobierno lanza un órdago a la Junta Electoral con otro decreto social

Moncloa aprueba hoy el subsidio para mayores de 52 años, mientras se estudia la prohibición de las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros.

Calvo, ayer en un acto en Madrid en unas jornadas de Justicia climática
Calvo, ayer en un acto en Madrid en unas jornadas de Justicia climáticalarazon

Moncloa aprueba hoy el subsidio para mayores de 52 años, mientras se estudia la prohibición de las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros.

El Gobierno presentó ayer sus alegaciones a la petición del PP a la Junta Electoral Central (JEC) de suspender la divulgación, por cualquier medio, de los decretos leyes -considerados «electoralistas»- aprobados por el Consejo de Ministros durante el periodo electoral que se abrió a partir de que el pasado martes 5 de marzo se disolvieran las Cortes y se convocaran los comicios del 28 de abril. La Secretaría de Estado de Comunicación considera «desproporcionada» y «contraria al ordenamiento jurídico» la petición del partido de Pablo Casado de silenciar las ruedas de prensa de los viernes en Moncloa. Antes de exponer los motivos para el archivo de la causa, desde el Ejecutivo se ocupan de desautorizar la pretensión del PP asegurando que ninguna de las actuaciones a las que se refiere la reclamación han tenido lugar después de la convocatoria de elecciones y, por ende, de que arrancara el proceso electoral. Tilda la reclamación de «carácter futuro y contingente, que podrá suceder o no». Sin embargo, seguro sucederá pues el Consejo de Ministros aprobará hoy otro decreto social, el se refiere al control horario de la jornada laboral y a las prestaciones para los desempleados mayores de 52 años. Dos de las medidas estrella de Trabajo, que no pudieron ver la luz en los malogrados Presupuestos Generales del Estado. La ministra Magdalena Valerio comparecerá, por tanto, esta mañana en Moncloa para detallar las «medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral», un asunto muy controvertido, dado que el paro es el principal problema para el 60,6% de los españoles, según el CIS.

Con esta iniciativa, el Gobierno lanza un órdago a la Junta Electoral Central que se reunirá el próximo lunes para estudiar si dan curso o archivan la pretensión del PP. En el escrito que han remitido a la JEC, en Moncloa argumentan, entre otros motivos, que estas comparecencias son «en absoluto equiparables a las campañas institucionales de tipo ‘convencional’», cuya prohibición viene recogida en el artículo 50.2 de la LOREG («acto organizado o financiado directamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por los poderes públicos»). «Las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros constituyen, en suma, una práctica institucionalizada (...) que resulta incompatible con su consideración como ‘campañas’ de información», señala el Ejecutivo.

El Gobierno alega que silenciar estas comparecencias supondría un atentado contra el artículo 20 de la Constitución, lo que sería una «quiebra del derecho a comunicar y recibir libremente información veraz». Desde la Secretaría de Estado de Comunicación recuerdan, asimismo, que en periodos electorales precedentes se celebraron «con normalidad ruedas de prensa, posteriores al Consejo de Ministros, en las que se informó de las medidas que se habían adoptado, entre ellas, reales decretos-leyes» sin que exista constancia de que «manifestaciones de este tipo hayan suscitado nunca la intervención de la Junta Electoral Central». En concreto, enumeran varios ejemplos durante los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero (2011) y de Mariano Rajoy (2015 y 2016) en los que, con las Cortes ya disueltas, el Consejo de Ministros dio cuenta públicamente de estas iniciativas. Explican que el propósito principal de estas ruedas de prensa es «informar de las medidas que han sido adoptadas por el Gobierno» y que «ni la Constitución ni la LOREG limitan el efectivo ejercicio por parte del Gobierno de dictar decretos-leyes durante los periodos electorales». Además de que esta actividad institucional «no puede quedar suspendida durante el transcurso electoral», el Ejecutivo también esgrime que, en todo caso, solo el Tribunal Constitucional tiene potestad para controlar y perseguirlos.