Panamá

El Supremo confirma 20 años de condena para el abogado Luis de Miguel

El Supremo ha confirmado la condena que la Audiencia Nacional impuso a Luis de Miguel, considerado el presunto arquitecto financiero de la evasión de capitales de la red Gürtel

El Supremo ha confirmado la condena que la Audiencia Nacional impuso a Luis de Miguel, considerado el presunto arquitecto financiero de la evasión de capitales de la red Gürtel, por ocho delitos contra la Hacienda Pública, cuyas penas suman en total 20 años de cárcel y multas por valor de 16.666.125 euros.

La condena se refiere a una operación de fraude a la Hacienda Pública que nada tiene que ver con el citado Caso Gürtel, que investiga el juez Pablo Ruz y en el que está imputado De Miguel.

En la sentencia de hoy el Supremo absuelve a De Miguel del delito de blanqueo de capitales, que también había penado la Audiencia Nacional, lo que supone una rebaja de la condena impuesta por la instancia anterior en un año de prisión y multa de 2.444.165€.

Junto a De Miguel, resulta confirmada también la condena que impuso al empresario donostiarra Juan Manuel Reparaz la Audiencia Nacional por doce delitos contra la Hacienda Pública, aunque a él también le absuelve el Supremo de las penas por blanqueo de capitales que le impuso la Audiencia Nacional.

En el caso del empresario, la aceptación parcial de su recurso por parte del Supremo supone rebajar su pena en dos años y multa de 2.444.165€, de modo que su condena suma finalmente un total de 36 años de prisión y multas por valor de 25.428.000€.

El alto tribunal considera que la Audiencia Nacional motivó de manera "claramente insuficiente"las condenas por blanqueo de capitales.

Juan Ramón Reparaz, considerado uno de los mayores evasores fiscales de España, defraudó a la Hacienda guipuzcoana, a través de sociedades interpuestas con sedes en Panamá, Belice, Irlanda, el Reino Unido y España, un total de 25 millones de euros.

En este contexto, De Miguel, que asesoró a Reparaz desde 1994 hasta el año 2004, ayudó a éste a ocultar sus "rentas y patrimonios"a la Hacienda foral mediante el citado entramado empresarial, señala el relato de hechos confirmado hoy.

El Tribunal Supremo confirma la obligación para Reparaz de compensar a la Diputación de Gipuzkoa con 25.428.126,21 euros más los correspondientes intereses de demora, al tiempo que le impone las citadas multas por los doce delitos contra la Hacienda pública.

Los hechos ahora sentenciados se iniciaron en la década de los años 80 (aunque los anteriores al año 1999 han prescrito), cuando Reparaz inició, según la resolución, "una actividad dirigida a ocultar sus rentas y patrimonio a la Hacienda pública".

De esta manera "se instrumentalizaron gran número de sociedades"en diferentes países y comunidades autónomas, varias de estas últimas dedicadas a la comercialización de atún y que permitieron a Reparaz, mediante la "práctica de la refacturación", situar "directamente en Panamá gran parte del beneficio obtenido"en la península. Otras de sus empresas españolas se dedicaron a "realizar distintas inversiones en bienes muebles e inmuebles".

La sentencia concreta que "por medio de estas estructuras societarias"Reparaz, que estuvo defendido en el proceso por el abogado vizcaíno Ricardo Palacio, "dispuso de su patrimonio y de los rendimientos que obtenía, evitando el control de la Hacienda pública""sin generar sospechas", "ocultando su origen y reinvertiendo las cuotas que, ejercicio tras ejercicio, había defraudado".

El texto aclara que el otro condenado, Luis de Miguel, "articuló desde su despacho de asesor fiscal las estructuras fiduciarias con la intención de ocultar la titularidad de las rentas y patrimonio"del empresario, "permitiendo su opacidad y la canalización de las cuotas no satisfechas hacia activos financieros en el extranjero".

Para ello, actuó "en representación"de las distintas sociedades, ayudando a Reparaz a "eludir las consecuencias legales de su ocultación al no declarar su verdadera situación tributaria.

Asimismo, este profesional representó al empresario en un "pacto"con el que éste pretendió comprar el "silencio"de su socio ahora absuelto cuando en el año 2002 se rompieron las relaciones comerciales entre ambos.