Política

Doctrina Parot

España firmará un convenio para evitar condenas de Europa

Este acuerdo impediría que se repitan casos como la derogación de la «Parot»

La Razón
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El Gobierno no quiere que vuelva a suceder otra condena a España por parte del Tribunal de Estrasburgo como la del «caso Parot» . Por ello, suscribirá el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en el que se prevé que las altas instancias judiciales puedan acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para recabar su opinión, meramente consultiva, sobre un asunto que deba resolver y que pueda acabar posteriormente en el citado tribunal y con la consiguiente condena para el Estado. Este Convenio ha sido aprobado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa y necesita de la ratificación de diez países para que entre en vigor. Hasta el momento lo han suscrito nueve, pero España, a través de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, comunicó muy recientemente al Consejo General del Poder Judicial que tiene previsto «impulsar los trámites para la firma y ratificación de dicho protocolo».

Cuestiones «complejas»

En citado texto aprobado por el Consejo de Europa, el pasado mes de octubre, se prevé la posibilidad de que los «más altos órganos jurisdiccionales» de los estados miembros puedan solicitar al Tribunal de Estrasburgo «opiniones consultivas sobre cuestiones de principio relativas a la interpretación o aplicación de los derechos y libertades definidos en el Convenio», que sólo podrán referirse a un asunto «pendiente» de resolver por parte de los altos tribunales nacionales.

De esta forma, los tribunales españoles –en principio Supremo y Constitucional– podrán consultar a Estrasburgo sobre una cuestión «compleja» en la interpretación de los derechos recogidos en el Convenio, lo que les servirá de guía para adaptar, en principio, su resolución a los parámetros del TEDH, aunque la opinión no tenga en ningún caso carácter vinculante ante eventuales futuros recursos que se puedan interponer.

La decisión sobre si se admite a trámite o no la petición de esa «opinión consultiva» corresponderá a cinco jueces de la Gran Sala. Si la opinión es admitida, la Gran Sala emitirá la correspondiente opinión consultiva.

De esta manera, se pretende establecer una «plataforma para el diálogo» entre los tribunales superiores naciones y el TEDH, «con la finalidad de facilitar la aplicación» por los primeros de la jurisprudencia del TEDH, y, además, contribuir «en la resolución de un número de cuestiones de interpretación de las previsiones del Convenio en el ámbito interno».

Así, este mecanismo puede servir, en el marco de ese diálogo entre tribunales nacionales, «para evitar futuras condenas, además de establecer un corpus de orientaciones en la interpretación y aplicación de los derechos y libertades contemplados en el Convenio Europeo».

Sobre este Protocolo, se pronunció el anterior Consejo en su último Pleno, en un informe en el que se insta al legislador a establecer un procedimiento que permita al juez suspender o no el procedimiento sobre el que se ha pedido opinión a Estrasburgo, así como sobre los efectos sobre la caducidad o prescripción de la causa que ha originado la consulta al TEDH. Y ello porque esas consultas no deben tener «per se» efectos suspensivos sobre el procedimiento interno, «salvo que así lo recogiese la legislación interna».

EL DATO

78 delincuentes

La sentencia del TEDH sobre la «doctrina Parot» ha provocado ya la puesta en libertad de 78 delincuentes, de los que casi 60 son de ETA.