Doctrina Parot

La Audiencia excarcela a otros nueve etarras

El Pleno de la Sala de lo Penal adopta la decisión por un solo voto sin esperar al Supremo. Troitiño, condenado por la matanza de Hipercor, uno de los beneficiados por la resolución

El miembro de ETA Jokin Mirena, rodeado de familiares y amigos, abandona la prisión de Zuera (Zaragoza)
El miembro de ETA Jokin Mirena, rodeado de familiares y amigos, abandona la prisión de Zuera (Zaragoza)larazon

Sin esperar al Tribunal Supremo y por un solo voto de diferencia, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó ayer la puesta en libertad de nueve etarras, entre ellos Domingo Troitiño –autor del atentado que costó la vida a 21 personas en el Hipercor de Barcelona en 1987– a quienes se prolongó su estancia en prisión al aplicarles la «doctrina Parot»

Sin esperar al Tribunal Supremo (TS) –que abordará la cuestión el próximo martes– y por un solo voto de diferencia, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó ayer (tras cuatro horas de deliberaciones) la puesta en libertad de nueve etarras, entre ellos Domingo Troitiño –autor del atentado que costó la vida a 21 personas en el Hipercor de Barcelona en 1987– a quienes se prolongó su estancia en prisión al aplicarles la «doctrina Parot». Tras el reciente fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que obligó a excarcelar a Inés del Río, la Audiencia Nacional ya ha ordenado la salida de prisión de once miembros de la banda terrorista y le quedan pendientes otros 26 recursos.

La medida beneficia, además de a Domingo Troitiño, a Jokin Mirena Sancho, Isidro María Garalde, José Ignacio Urdiain, Jon Koldo Aguinagalde, Joseba Koldobika, Elías Fernández Castañares, Juan Francisco Gómez López y a Luis María Azkargorta. Por contra, la Sala no ha atendido la petición de libertad de otros dos etarras, Juan Andrés Urkizo (porque tiene pendiente un recurso ante el Tribunal Constitucional), y Raúl Ibáñez Díaz, a quien según explicaron fuentes jurídicas la faltaba algún requisito formal para sustentar su reclamación.

Los magistrados entienden (esto sí por unanimidad) que, incluso con la interpretación más benévola de la sentencia de Estrasburgo –la que defiende la Fiscalía, que aboga por aplicar la «doctrina Parot» sólo a partir de marzo de 2006, cuando la alumbró el Supremo– estos nueve etarras ya habrían cumplido su condena. Pero, pese a todo, ocho de los integrantes del Pleno preferían esperar a la decisión del Alto Tribunal. «Nunca les afectaría la interpretación efectuada por el Ministerio Fiscal sobre la aplicación del nuevo cómputo de las redenciones sólo a partir de 2006 pues, incluso asumiendo ese criterio, todos ellos se habrían ya licenciado de modo definitivo», aseguraron fuentes jurídicas.

Y eso porque, cuando el Supremo acordó la «doctrina Parot» (que aplica los beneficios penitenciarios no sobre el máximo legal de 30 años de estancia en prisión sino sucesivamente a cada una de las condenas, lo que retrasó considerablemente la excarcelación de numerosos etarras), o bien ya contaban con una resolución firme fijando la fecha de su salida de prisión o, incluso aplicándoles a partir de entonces la polémica doctrina, a día de hoy ya han cumplido su condena.

En el primer caso, el tribunal de Derechos Humanos ha dejado claro que no se les puede aplicar de forma retroactiva el nuevo cómputo. El segundo supuesto es el que defiende la Fiscalía, que en todo caso se mostró favorable a que la Audiencia Nacional suspendiera sus deliberaciones y esperara a conocer, el próximo martes, la decisión del Tribunal Supremo sobre la «doctrina Parot».

Sólo 3 etarras seguirían en prisión

En su informe, el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, defendía que la sentencia de Estrasburgo no impide aplicar la «doctrina Parot» a partir del 28 de febrero de 2006. De este modo, si un etarra había cumplido hasta esa fecha 16 años de prisión, más otros ocho por beneficios penitenciarios (el Código Penal de 1973 permitía descontar un día de condena por cada dos en prisión), le quedaban únicamente seis para llegar al tope legal de 30. Desde esa fecha, sostiene la Fiscalía, los años restantes debía cumplirlos íntegramente (siempre que, como es el caso, acumulase varias condenas) con la «doctrina Parot» en la mano. Pero, incluso en este supuesto, los nueve etarras liberados por la Audiencia ya debían haber sido excarcelados. De hecho, según las fuentes consultadas sólo tres de los 53 etarras a los que se aplicó la «doctrina Parot» que han reclamado su libertad seguirían en la cárcel al aplicarles el criterio fiscal.

El Pleno, sin embargo, no ha entrado a valorar la idoneidad o no de la tesis que defiende la Fiscalía respecto a la polémica doctrina, pues «eso corresponde al Tribunal Supremo como órgano jurisdiccional superior», aseguraron esas mismas fuentes. El propio Ministerio Fiscal, recuerdan, «no se opone en sus informes a que se aplique la sentencia de Estrasburgo a supuestos idénticos al de Inés del Río».

El Pleno no abordó ayer el recurso presentado por la defensa de la etarra Inés Del Río contra la decisión de la Audiencia Nacional de bloquearle la indemnización de 30.000 euros que le otorgó Estrasburgo por daños morales para que esa cantidad se aplique a indemnizar a sus víctimas, un asunto que se debatirá el próximo viernes. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se han opuesto ya a la pretensión de la terrorista.

Del mismo modo, los magistrados aplazaron su decisión sobre la petición de libertad de la ex miembro del «comando Barcelona» Josefa Mercedes Enaga, a quien también se aplicó la «doctrina Parot».

LA VOTACIÓN

El voto del juez Marlaska deshizo el empate

Estando todos los magistrados de acuerdo en que, incluso con la interpretación que defiende la Fiscalía, los nueve etarras ya han cumplido su condena, no todos se inclinaban por acordar la libertad y abogaban por esperar a conocer el criterio del Supremo (como defendió en solitario hace algunos días el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que se acordó la libertad del etarra Juan Manuel Píriz).

El voto estuvo equilibrado, hasta el punto de que la votación terminó en empate. Entre los que defendían que había que acordar ya la libertad de los recurrentes se encontraban, según las fuentes consultadas, José Ricardo de Prada, Manuela Fernández Prado, Javier Martínez Lázaro, Ramón Sáez, Clara Bayarri y Antonio Díaz Delgado, entre otros. Faltaba por conocer el voto del presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande-Marlaska, quien el pasado lunes preguntó a sus compañeros si eran partidarios de esperar a conocer la opinión del Supremo y suspender las deliberaciones. Pero Marlaska votó a favor y, con su decisión, inclinó la balanza a favor de la libertad de los nueve etarras.