Audiencia Nacional
La Audiencia pide un informe a la Policía para saber si Goioaga es ya senador
Tiene pendiente remitir su declaración de bienes y jurar o prometer la Constitución
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha solicitado a la Comisaría General de Información de la Policía un informe que determine si el abogado de presos de ETA Iñaki Goioaga, elegido el pasado jueves senador por el Parlamento vasco a propuesta de Bildu, goza ya de la condición de aforado. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, denunció a Goioaga por integración en ETA y pidió al magistrado que incoara diligencias, como finalmente hizo, para esclarecer los hechos. Ahora, el juez Moreno quiere saber si Goioaga ha adquirido a todos los efectos la condición de senador, que acarrearía que, si el magistrado aprecia indicios de delito, debería remitir la causa al Tribunal Supremo, la instancia encargada de investigarle por su condición de aforado.
Goioaga prometerá su cargo el 5 de febrero pero, hasta esa fecha, su designación por parte del Parlamento vasco no le convierte directamente en senador. Tal y como establece el artículo 12.1 del Reglamento de la institución, éste debe cumplir antes dos trámites esenciales, que a día de hoy aún no ha formalizado, según fuentes del Senado. El primero de ellos es «presentar la credencial» dentro de los treinta días siguientes a su expedición. Un requisito que le obliga, entre otras cosas, a remitir también una declaración sobre todas aquellas actividades que le proporcionen o puedan proporcionarle ingresos económicos, así como de sus bienes patrimoniales. Datos que serán analizados por la Comisión de Incompatibilidades. Todo apunta, según fuentes de la Cámara, a que será hoy cuando presente la documentación en el registro del Senado.
La segunda exigencia quizá sea la que más pueda molestar a Goioaga. Para perfeccionar su condición de senador está obligado a «prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución» (en casos similares parlamentarios abertzales han optado, para salvar ese escollo, por prometer acatamiento a la Carta Magna «por imperativo legal»). Un trámite para el que cuenta con tres meses de plazo y que puede realizar en una sesión plenaria del Senado o ante notario. En caso de incumplir alguno de los dos requisitos mencionados, Goioaga no devengará derechos económicos ni podrá participar en el ejercicio de las funciones constitucionales de la Cámara. Se trata, por tanto, de determinar si de estos dos requisitos depende también su condición de aforado, que obligaría al juez a remitir la causa al Tribunal Supremo.
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