El desafío independentista
¿Se puede ilegalizar a partidos independentistas?
«Si alientan de forma severa a la insubordinación se podría estudiar», según los constitucionalistas.
«Si alientan de forma severa a la insubordinación se podría estudiar», según los constitucionalistas.
Justo ayer, el presidente de Castilla-La Mancha abrió el debate sobre si los partidos independentistas caben o no dentro de la Constitución. El barón socialista se posicionó a favor de estudiar la ilegalización de los partidos secesionistas si se «benefician» de la Carta Magna aquellos que «quieren socavarla», una propuesta que el PP y Ciudadanos ya pusieron sobre la mesa con anterioridad. Ante este debate, varios expertos constitucionalistas analizan para LA RAZÓN esta posibilidad y los supuestos que deberían cumplir estos partidos para su ilegalización. Según regula la Constitución, la legislación solo puede prohibir aquellos comportamientos o actividades que, por medios violentos o antidemocráticos, vulneren la ley de leyes. Los expertos consultados recuerdan que la Ley de Partidos de 2002 fue la que ilegalizó Batasuna, pero son cautos al discernir sobre sí se podría o no aplicar a los partidos independentistas la misma ley. El profesor de Derecho Constitucional de la CES Cardenal Cisneros Ibor Fernandes sí que respalda que «si un partido alienta de forma severa a la insubordinación, se podría estudiar la aplicación de la ley de partidos», que en su artículo 10.2 contempla que la disolución de un partido político puede ser acordada «cuando de forma reiterada y grave su actividad vulnere los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante las conductas a que se refiere el artículo 9». Este segundo artículo hace referencia a «dar cobertura a las acciones de desorden, intimidación o coacción social vinculadas al terrorismo o a la violencia» o a «apoyar desde las instituciones en las que se gobierna (...) a organizaciones terroristas o violentas». Pone el foco en que «una cosa es defender la independencia y otra que un partido aliente a las masas para usar la fuerza» en contra de preceptos constitucionales. Sin embargo, no ve que en el «escenario actual se podría aplicar». «A día de hoy, no», dice rotundo, después de recordar que «el año pasado sí vivimos situaciones más graves, como cuando se proclamó la república de los ocho segundos».
El profesor de Derecho Constitucional en el CEU Pablo Nuevo es más prudente y expresa sus dudas sobre aplicar este mecanismo puesto que «la ley habla de comportamientos reiterados y hace mucho hincapié en la violencia terrorista». El experto ve más viable la modificación de la Ley electoral para restar presencia a los independentistas en el Congreso, es decir aplicar un mínimo porcentaje como requisito para que estos puedan estar representados. Por su parte, el catedrático de Derecho Constitucional de la UCM Raúl Canosa no es partidario de esta vía y habla de otros mecanismos para castigar las conductas de partidos que se salgan del marco constitucional. Apoya, como Pablo Nuevo, la modificación de la ley electoral. Propone un «pacto entre los constitucionalistas para no gobernar con independentistas» y defiende el uso del Código Penal o del artículo 155 y 116 de la Carta Magna para frenar actitudes violentas.
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