Investigación
El Tribunal de Cuentas rechazó pedir información al Gobierno sobre adjudicaciones a la "trama Koldo"
Una consejera elegida a propuesta del PSOE inadmitió en 2021 la denuncia contable de un abogado al no apreciar un daño "real y efectivo" a los caudales públicos
El Tribunal de Cuentas obvió en enero de 2021 la denuncia que hizo un abogado de las primeras adjudicaciones a Soluciones de Gestión, la empresa bandera de la "trama Koldo", por parte de Puertos del Estado y ADIF, el administrador de infraestructuras ferroviarias. Tras analizar la documentación aportada por el letrado Ramiro Grau, el primer denunciante del "caso Koldo" -que ahora investiga la Audiencia Nacional por delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo-, la consejera María Antonia Lozano -elegida para el cargo en 2012 por el Congreso a propuesta del PSOE- inadmitió, con el respaldo de la Fiscalía, la acción pública de responsabilidad contable interpuesta por Grau, al avalar la tramitación de urgencia y no apreciar un menoscabo en las cuentas públicas. En la misma resolución, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, el organismo fiscalizador rechazó la solicitud del denunciante de solicitar información al respecto a Presidencia del Gobierno.
"De la documentación e información obrante en el proceso no cabe deducir que las operaciones examinadas hubieran provocado un daño real, efectivo y económicamente evaluable en concretos caudales o efectos públicos", concluía la consejera, que en consecuencia descartaba que existiese responsabilidad contable con la ley en la mano. Del mismo modo, tampoco apreció "una vulneración de la normativa reguladora de la gestión económico-financiera de los fondos públicos ni un menoscabo en bienes y derechos de titularidad pública".
Del mismo modo, en la documentación analizada, el tribunal no halló "ningún dato que permita identificar y cuantificar" el pago de comisiones indebidas, "ni información que sustente la presunta ilegalidad de las mismas". De hecho, la resolución incidía en que no había elementos objetivos para mantener que el procedimiento para articular la compra de mascarillas "no fuera el adecuado para actuar en un mercado tan especializado y en un momento como aquel, en el que se había multiplicado de manera precipitada la demanda internacional de material sanitario".
En su denuncia, presentada el 15 de septiembre de 2020 (después, por tanto, de que los gobiernos canario y balear del actual ministro Ángel Víctor Torres y de la actual presidenta del Congreso, Francina Armengol hubiesen adjudicado también a Soluciones de Gestión sendos contratos para la adquisición de mascarillas), el abogado zaragozano solicitó que se designase a un instructor para investigar los hechos denunciados, que se ceñían a los contratos adjudicados por Puertos del Estado y ADIF el 21 y el 27 de marzo de 2020 por un montante de veinte y 12,5 millones de euros, respectivamente. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado solicitaron que la acción pública de responsabilidad contable fuese desestimada.
No vio "ningún dato" de una posible "trama fraudulenta"
Entre otras cuestiones, Grau denunció que las mascarillas de habían adquirido a través de un testaferro "especializado en crear estructuras opacas ajenas al control del fisco español", que el precio desembolsado fue excesivo, lo que supuso "un sobrecoste en perjuicio de los fondos públicos", y que Puertos del Estado adquirió más de las necesarias, por lo que parte del envío seguía almacenado "sin uso". Además, instaba al tribunal a solicitar información a Presidencia del Gobierno.
Tras examinar los argumentos del denunciante y las alegaciones de Fiscalía y Abogacía del Estado, la consejera determinó que las adjudicaciones no vulneraron la normativa que regula la actividad económica del sector público y que la compra de las mascarillas estaba "jurídicamente fundamentada en los contratos suscritos". El Tribunal de Cuentas avaló además el encaje legal de la contratación por la vía de emergencia ante el "grave peligro sanitario para toda la ciudadanía" que suponía la pandemia de Covid-19.
Para el organismo contable, el denunciante no aportaba "ningún dato" de la existencia de "una presunta trama fraudulenta, supuestamente desarrollada por las autoridades públicas y los empresarios que intervinieron". En todo caso, la institución se curaba en salud y dejaba claro que su apreciación se realizaba "al margen del enfoque penal o administrativo sancionatorio", sobre los que -recalcaba- "carece de toda competencia esta jurisdicción contable".
Sí defendía que Soluciones de Gestión -que pasó de una facturación inexistente en 2019 a facturar más de 53 millones de euros en 2020 gracias a las adjudicaciones bajo sospecha por la supuesta intermediación de Koldo García, entonces asesor del ministro Ábalos- no presentaba "algún vicio que pudiera afectar a la legalidad de haber contratado con ella por la vía de emergencia", y recalcaba que fue capaz de entregar el suministro, tal y como se había comprometido.
No hubo un "exceso injustificado" del precio
El tribunal no halló en la denuncia ni en la documentación aportada por el letrado "indicios racionales de ilegalidad en el hecho de haber obtenido el suministro a través de empresas de un determinado país" (en este caso China), y recalca que debían servirse "a la mayor brevedad y con la calidad necesaria", al margen de dónde provinieran.
No advirtió tampoco un menoscabo en el número de mascarillas objeto del contrato (ocho millones en el de Puertos del Estado y otros cinco en el de ADIF) al no apreciar que ese montante "no hubiera sido el correcto para atender la demanda en aquel momento y a la venidera". "Resultaba necesario procurar la adquisición de un número elevado de mascarillas para hacer frente a un futuro en aquel momento incierto -hacía hincapié la consejera- y estando en juego también", subrayaba, la salud de los ciudadanos.
En igual sentido, dio por bueno el precio por unidad desembolsado por el Ministerio de Transportes, precisando que no podía tomarse como referencia el precio que según el denunciante debió abonarse porque "se correspondía con el de las mascarillas quirúrgicas desechables y no con el de las mascarillas de protección FFP2, de calidad superior, que fueron las que se compraron", lo que según defendía descartaba un "exceso injustificado" en las adjudicaciones.
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