España

Unos 160000 contribuyentes pagarán hasta el 25 % por su patrimonio

Unos 160.000 contribuyentes tendrán que pagar a Hacienda los dos próximos años entre el 0,2 % y el 2,5 % del patrimonio que exceda de 700.000 euros, tras la recuperación con carácter temporal por parte del Gobierno de un tributo congelado desde 2008, que hoy ha recibido el visto bueno del Congreso.

El Congreso ha aprobado hoy la reactivación por dos años del impuesto de patrimonio impulsado por el Gobierno socialista, gracias al apoyo de la izquierda parlamentaria (ERC-IU-ICV y BNG) y a la abstención de PP, CiU y PNV, a pesar de que todos estos grupos la han considerado "ineficaz"y "electoralista".

En concreto, la iniciativa ha salido adelante con 176 votos favorables, 166 abstenciones y 2 votos en contra que provenían de la diputada de UPyD, Rosa Díez, y de un diputado del PP, previsiblemente por equivocación.

El impuesto, que según el Ejecutivo afectará a 160.000 contribuyentes, multiplica casi por siete el mínimo exento que existía en 2008 hasta 700.000 euros y duplica el de la vivienda habitual, hasta 300.000 euros.

El Gobierno calcula que si se aplicara por igual en toda España los ingresos llegarían a 1.080 millones de euros anuales, que se recaudarían en 2012 y 2013 con cargo a los ejercicios anteriores.

Durante su última intervención en el pleno, la vicepresidenta, Elena Salgado, ha defendido que la recuperación del impuesto de patrimonio servirá para reforzar la estabilidad presupuestaria y para potenciar la equidad.

La vicepresidenta ha insistido en que se respeta la capacidad normativa de las comunidades autónomas y en que no afecta a las compensaciones ya previstas en la Ley de Financiación Autonómica, ya que con un Decreto Ley no se puede cambiar la Ley vigente.

Una circunstancia que Salgado ha calificado de "lógica"y ha afirmado que, debido a ello, el decreto incorpora lo que es posible ante sus limitaciones constitucionales, que impiden cambiar la Ley de Financiación Autonómica.

Todos los grupos del Congreso de los Diputados, excepto el PSOE, consideran la recuperación del impuesto sobre el patrimonio una medida "electoralista"e "ineficaz", aunque ninguno ha querido votar en contra.

El tipo del impuesto sobre el patrimonio seguirá oscilando entre el 0,2 y el 2,5 %, dependiendo de la base liquidable que le salga al contribuyente una vez descontado de su capital el mínimo exento de 700.000 euros, a lo que se suma la deducción de 300.000 euros por vivienda habitual.

Para calcular la base liquidable hay que descontar del patrimonio las deudas deducibles, así como las exenciones previstas por ley, entre las que se incluyen la establecida para la vivienda habitual o las previstas para las obras de arte de carácter histórico, entre otras muchas cosas.

El valor de la vivienda habitual se establece atendiendo a la mayor de estas tres cantidades: el precio de compraventa, el valor catastral o el tasado por la administración pública para algunos casos (por ejemplo, el valor otorgado por una comunidad autónoma a un inmueble cuando se liquida el impuesto de sucesión).

Estarán sujetos a gravamen inmuebles, vehículos, depósitos y cuentas corrientes, acciones y fondos de inversión, deuda pública y seguros de vida, entre otras cosas, si bien la vivienda habitual tributará sólo a partir de los 300.000 euros.

También se consideran parte del patrimonio las rentas temporales y vitalicias, las joyas y pieles, algunos objetos de arte y antigüedades, así como los derechos de propiedad intelectual o industrial.

Por ejemplo, un contribuyente con un patrimonio de 1.100.000 euros que cuente con una residencia valorada en 300.000 euros, y sin contar con otras posibles deducciones, pagaría a Hacienda 200 euros, el 0,2 % de una base liquidable de 100.000 euros. En caso de que el mismo contribuyente no viviera en una casa de su propiedad, tendría que pagar 1.200 euros, el 0,3 % de una base liquidable de 400.000 euros.

Para calcular la base liquidable hay que descontar del patrimonio las deudas deducibles, así como las exenciones previstas por ley, entre las que se incluyen la establecida para la vivienda habitual o las fijadas para las obras de arte de carácter histórico, entre otras muchas cosas.

El valor de la vivienda habitual se establece atendiendo a la mayor de estas tres cantidades: el precio de compraventa, el valor catastral o el tasado por la administración pública para algunos casos (por ejemplo, el valor otorgado por una comunidad autónoma a un inmueble cuando se liquida el impuesto de sucesión).

De ese cálculo se obtiene una base imponible a la que se le restan los 700.000 euros exentos de tributación, en tanto que a la cantidad resultante se le aplicaría el gravamen correspondiente de acuerdo con la escala establecida en la siguiente tabla:

Base liquidable (euros) Tipo aplicable (%)
---------------------------------------------------------------------
A partir de 0 0,2
A partir de 167.129,45 0,3
A partir de 334.252,88 0,5
A partir de 668.499,75 0,9
A partir de 1.336.999,51 1,3
A partir de 2.673.999,01 1,7
A partir de 5.347.998,03 2,1
A partir de 10.695.996,06 2,5