Ministerio de Justicia
El Supremo deja a Sortu en manos del Constitucional
La Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) ha acordado por unanimidad inadmitir el incidente de nulidad presentado por Sortu contra el auto que prohibió su inscripción en el registro de partidos políticos, por lo que ahora podrá recurrir en amparo ante el Constitucional. Así lo informaron fuentes del Alto Tribunal al término de la reunión de dos horas mantenida por los 16 magistrados de la Sala Especial para estudiar la petición de la formación abertzale. Una vez rechazado el incidente de nulidad, y a la espera de que hoy sea notificada la providencia que adelantó ayer el Alto Tribunal, Sortu tiene la posibilidad de recurrir en amparo al TC la decisión del Supremo, para lo que dispone de un plazo de 30 días.
No obstante, a la vista de que el próximo lunes finaliza el plazo de presentación de candidaturas a las elecciones del 22 de mayo, parece difícil que el Constitucional pueda resolver el recurso de amparo de Sortu y, por tanto, que esta formación pueda concurrir a los comicios locales y autonómicos. La nueva marca abertzale presentó el incidente de nulidad el pasado día 7 al considerar que el auto en el que la Sala Especial acordó prohibir su inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior vulneraba, entre otros, el derecho a la libre creación de partidos políticos. Los 16 magistrados de la Sala del 61 considerado que las cuestiones planteadas por Sortu en ese incidente de nulidad ya fueron resueltas en el auto que prohibía su inscripción.
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