Polémica

Negar la comunión a un homosexual, ¿es inconstitucional?

Igualdad busca judicializar el veto «discriminatorio» y la Iglesia ve una «intromisión inadmisible del Estado»

La ministra de Igualdad, Ana Redondo
La ministra de Igualdad, Ana RedondoDaniel GonzálezAgencia EFE

Negar la comunión a un homosexual es «claramente y abiertamente inconstitucional». Con esta rotundidad lo defiende la ministra de Igualdad, Ana Redondo. La política socialista reavivó este viernes a través de Televisión Española la doble polémica surgida en torno a la Iglesia y el colectivo LGTBI. Por un lado, el expediente abierto por su Ministerio para investigar la denuncia a siete diócesis españolas por acoger charlas en sus parroquias del proyecto «Transformados», una iniciativa que estaría vinculada a terapias de conversión. Por otro lado, el veto del Obispado de Segovia para comulgar a una pareja gay en la localidad de Basardilla y al alcalde de Torrecaballeros, también homosexual.

En una conexión en directo con el programa «59 segundos», la titular de Igualdad intervino para responder a una pregunta de la presentadora del espacio, Gemma Nierga: «¿Lo que ha sucedido en Segovia es legal?». Redondo defendió que «ningún sector, ningún Administración y, yo creo, que tampoco la Iglesia, aunque no haya una ley específica, puede sustraerse a las reglas constitucionales, al principio de igualdad y no discriminación del artículo 14». De esta manera se aferraba al enunciado de la Carta Magna que señala que «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

«No se puede discriminar a un ciudadano LGTBI», enunció la titular de Igualdad, convencida de que no cabe «exigir que opte o bien por su fe o bien por su condición sexual». «Esto es claramente discriminatorio», remarcó. Es más, en su alocución fue un paso más allá: «Espero que haya denuncia que llegue hasta el Tribunal Constitucional y sea éste el que aclare este asunto que para mí es diáfano».

«No se está tratando de igual manera la relación entre la fe y la libertad ideológica y de conciencia», lamentó, que incluso comentó que se podría estar vulnerando el artículo 16: «No se puede exigir a un ciudadano que decida si tiene libertad religiosa y de conciencia o si tiene libertad en su condición sexual». «Es ponderación de derechos que tendrá que valorar el Constitucional», insistió. Para Redondo, «no hay una ley como tal que prohíba hoyunas reglas eclesiásticas, pero esas reglas eclesiásticas tienen que interpretarse a la luz de la Constitución y a la luz del principio de igualdad».

Preguntada por las medidas que puede adoptar el Gobierno, amén de su deseo de que se judicialice el asunto, desveló que «lo que estamos haciendo y vamos a hacer la próxima semana es reunirnos con la Conferencia Episcopal» con el fin de «generar un diálogo y también exponer nuestro criterio».

Desde el Episcopado español, a preguntas de LA RAZÓN, confirman que la ministra ya ha solicitado este encuentro. En relación a la inconsctitucional del veto a la comunión, fuentes jurídicas cercanas a los obispos españoles explican que «estamos ante una cuestión exclusivamente interna de la Iglesia Católica», en tanto que «la Constitución proclama la aconfesionalidad del Estado español». «Esto implica el deber de neutralidad de los poderes públicos en materia religiosa. Además, el Estado español garantiza el libre ejercicio de la actividad de todas las confesiones religiosas, incluida la Iglesia Católica, y su derecho a autoorganizarse, señalar sus propias normas y principios, o proponer su doctrina, todo ello con inmunidad de coacción y sin injerencia por parte de los poderes públicos», apuntan.

«Llevar al Constitucional este asunto no tiene absolutamente ningún recorrido posible», relata un especialista en derecho civil y canónico, que se remite a la Ley de Libertad Religiosa, que «expresamente» recoge «la autonomía organizativa de las confesiones religiosas» que amparan «todas las democracias europeas». Este experto reconoce que la decisión adoptada en Segovia «nos puede doler, y puede ser pastoralmente cuestionable, pero en la Iglesia existen unas normas que se aplican a todos los fieles, independientemente de su identidad sexual». «Lo contrario sería una intromisión inadmisible del Estado, que tiene una obligación de neutralidad absoluta en materia religiosa, en la vida de las confesiones», sentencia el estudioso en la materia, que ahonda aún más en el debate: «¿Sería concebible que mañana el Tribunal Constitucional se tenga que pronunciar y obligar a un seminario o a un instituto religioso a admitir a una mujer a la ordenación sacerdotal en aplicación del artículo 14 de la Constitución Española?».

En este sentido, desarrolla que el visto bueno para comulgar «es una cuestión moral, de vivir en una situación irregular, que se aplica a todos, sea una pareja gay o heterosexual». Así lo recogía también el comunicado que emitió el Obispado de Segovia a raíz de que el caso de la pareja de Basardilla saltara a la palestra: «Siguiendo la normativa de la Iglesia universal sobre la recepción de la Sagrada Comunión, el sacerdote se ha visto obligado a negar la comunión a personas del mismo sexo que viven según el modo matrimonial, lo cual puede ocurrir también entre personas heterosexuales sin vínculo matrimonial».

De hecho, la visión de la Diócesis castellana es diametralmente opuesta a la de la ministra de Igualdad, en tanto que defiende que su prohibición «no es homofobia ni discriminación, dado que no se niega la comunión por la condición homosexual, sino por defender el carácter sagrado de la Eucaristía».