Jubilación

Las grandes empresas con beneficios deberán pagar sus ERE desde el 27 de abril

El Gobierno, a través del Grupo Socialista, ha presentado una treintena de enmiendas al proyecto de ley de reforma de las pensiones, en las que aprovecha para corregir su propuesta de que las grandes empresas con beneficios que prejubilen compensen al Estado precisando que esta reforma se aplicará a partir del pasado 27 de abril, ya que considera "prioritaria"esta modificación legal.

De esta forma, el Gobierno se garantiza que la modificación afectará al caso de Telefónica, pese a que la compañía que preside César Alierta se ha comprometido a asumir los costes del proceso que quiere aplicar a 6.500 empleados de su plantilla en España durante un periodo de 5 años.

No obstante, todavía no se ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos, motivo por el que el Ministerio de Trabajo ha solicitado a Telefónica nueva documentación sobre el expediente, lo que de hecho permite ampliar el plazo para la negociación.

Sin embargo, en el PSOE existía el temor de que la anterior enmienda, presentado al proyecto de reforma de las políticas activas de empleo no pudiera entrar en vigor antes de que Trabajo tuviera que posicionarse sobre el ERE de la operadora, según han apuntado a Europa Press en fuentes socialistas. Por ello, la fecha elegida es precisamente el día siguiente a que se registrara la primera propuesta.

El nuevo texto socialista mantiene que las empresas que, pese a haber tenido beneficios en los dos últimos años, realicen expedientes de regulación de empleo (ERE) que afecten a trabajadores mayores de 50 años deberán efectuar una "aportación económica"al Tesoro Público para compensar el impacto que ello supone en el sistema de protección por desempleo.

Para el cálculo de la aportación económica se tomarán en consideración el importe de las prestaciones y subsidios por desempleo de los trabajadores de 50 o más años afectados por el expediente de regulación de empleo, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.

REFORMA DE PENSIONES Y PREJUBILACIONES
Las enmiendas socialistas también precisa que se excluirá de los efectos de la reforma de las pensiones a todos los prejubilados en el marco de convenios colectivos o acuerdos colectivos de empresas de cualquier ámbito aprobados o suscritos "con anterioridad al 25 de marzo de 2011", y con independencia de que el acceso efectivo a la jubilación sea anterior.

La propuesta, que coincide con otra presentada por ERC, IU e ICV, extiende a estas personas lo que el Gobierno ya contempla para las personas "con relación laboral suspendida o extinguida"como consecuencia de decisiones adoptadas en EREs, con independencia de que el fin de la relación laboral se haga efectivo con anterioridad o posterioridad al 1 de enero de 2013.

COMPLEMENTOS A MINIMOS, EN TERRITORIO ESPAÑOL
Las propuestas, en su mayoría de carácter técnico, incorporan también otras novedades al sistema de Seguridad Social, especificando así por primera vez que sólo tendrá derecho a percibir el complemento a mínimo el pensionista que resida en territorio español, o que los empresarios que no estén al corriente del pago de las cuotas no podrán beneficiarse de aplazamientos de las mismas.

Asimismo, mandata al Gobierno a abordar la integración del régimen especial de empleadas del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, tal y como reclama el Pacto de Toledo y acordó el Ejecutivo con los agentes sociales el pasado 2 de febrero, pero que no se incluyó inicialmente en su proyecto de Ley.

DIVORCIOS EN NEGOCIOS FAMILIARES
Por otro lado, se plantea que el cónyuge que haya estado trabajando en un negocio familiar sin haber sido dado de alta en la Seguridad Social, pueda, inspección de trabajo mediante, ver reconocido su tiempo trabajado y poder cobrar una prestación por ello.

En concreto, el PSOE propone que el juez avise a la Inspección de Trabajo cuando descubra durante un proceso de separación o divorcio, que uno de los cónyuges ha estado trabajando para el negocio del otro sin estar dado de alta.