Tribunal Supremo
Los delitos de tráfico saturan los juzgados
En los dos primeros meses de 2009 la Policía Municipal remitió 1.100 atestados / Los jueces reclaman que se cree un cuarto juzgado de guardia en la capital
La implantación de la nueva Ley de Seguridad Vial, donde se contempla como delitos acciones hasta ahora no recogidas por la legislación, como circular sin permisos de conducir, ha supuesto una importante disminución de los accidentes, y, a la vez, un incremento relevante de los atestados levantados por ese tipo de conductas. Así ha ocurrido en Madrid, donde en los dos primeros meses los atestados remitidos por la Policía Municipal a los juzgados de Plaza de Castilla superan los 1.100, además de los levantados por acciones consideradas no delictivas, según datos oficiales del Decanato de los Juzgados de Madrid, a los que ha tenido acceso LA RAZÓN. De esta forma, los imputados por acciones presuntamente delictivas ascendieron a 871, de las que 468 comparecieron al juicio en calidad de detenidos. Estas cifras suponen un incremento de casi el 50 por ciento respecto a los mismos meses del año anterior, cuando los imputados fueron 611, de los que fueron detenidos 127. Estas circunstancias han repercutido directamente en el quehacer de los tres juzgados de guardia que existen en Madrid capital y que están dedicados a la celebración de juicios rápidos, toda vez que los delitos por seguridad vial se suelen enjuiciar por ese procedimieno. De hecho, en estos momentos, el 33 por ciento de los juicios que se llevan a cabo diariamente en esos tres juzgados lo son por los citados delitos. Sin embargo, ese porcentaje se incrementa hasta casi el 90 por ciento en cuanto a los procedimientos que se incoan y que es lo que «colapsa» el juzgado. Este colapso es el que ha llevado a los jueces de Instrucción a reclamar, en la Junta que celebraron el pasado viernes, la creación de un nuevo juzgado de guardia que se pueda encargar «básicamente» de todo lo relacionado con esa materia. «Es imperativo la creación de este nuevo juzgado», señaló a este periódico el juez decano de Madrid, José Luis González Armengol. En la mayoría de estos procesos se suele llegar a una conformidad entre fiscal y acusado, ya que ello conlleva una reducción de un tercio de la pena solicitada. Y es aquí, cuando se dicta la sentencia, donde comienza el único aspecto «problemático», relacionado con la ejecución de la misma. Las penas por estos delitos suelen llevar aparejada, junto con la considerada «principal», la realización de trabajos en beneficio de la comunidad. El problema está en que no existen suficientes plazas para que puedan cumplir ese aspecto de la pena, por lo que la mayoría de los condenados no llegan a realizarla. Ello ha llevado a buscar «alternativas» que posibiliten que no quede sólo en la sentencia el cumplimiento de las citadas medidas. De esta forma, se ha optado para que, en la medida de lo posible se puedan realizar con determinados en la misma sede judicial. Así ha ocurrido recientemente, cuando un condenado por uno de estos delitos cumplió la pena de trabajos en beneficio de la comunidad en los calabozos de los juzgados, pero no recluido, sino pintándolos, que es su profesión habitual. Además, se prevé que otros condenados las tengan que cumplir «en funciones de limpieza de los jardines de los alrededores de los juzgados». Todo para lograr que, efectivamente, realicen trabajos para la comunidad, aunque sea en los calabozos, y, a la vez, supone una llamada de atención a las administraciones encargadas de facilitar esas plazas, si no se quiere que queden vacías de contenido.
✕
Accede a tu cuenta para comentar