Cárcel

Un hombre pagará 1300 euros a otro por pisarle el pie con su coche en un paso de cebra y agredirle después

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 500 euros por agredir a otro tras pisarle el pie con el vehículo que conducía en un paso de cebra. Además, deberá indemnizarle, en concepto de responsabilidad civil, con 800 euros.
De esta manera, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el juzgado en funciones de guardia de Instrucción número 3 de Gandia, que condenaba a este hombre a pagar una multa de 500 euros por una falta de lesiones y a indemnizar a la víctima con 800 euros, en concepto de responsabilidad civil.
El incidente tuvo lugar el 23 de septiembre de 2008, cuando el condenado cruzó con su vehículo por un paso de cebra sin percatarse de la presencia de la víctima, a la que pisó el pie. Seguidamente, el conductor se detuvo pidiéndole explicaciones, le dio varios puñetazos y bofetones, se subió a su coche y se marchó del lugar. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones de las que tardó 21 días en curar.
Ante ello, el juez condenó al hombre a pagar una multa, y éste recurrió, al considerar que hubo una errónea valoración de la prueba. Sin embargo, la Audiencia, tras estudiar el caso, desestima el recurso al considerar que el juzgador alcanzó una convicción acorde con el conjunto de la prueba que evaluó.
Explica que el juzgador de Instancia fue el que presenció, desde la privilegiada posición de la inmediación, el conjunto de la prueba presentada en el acto público, oral, solemne y contradictorio del juicio. Recordó que a éste le compete en exclusiva y de manera excluyente la valoración en la conciencia de la misma, cuyo resultado "ineludiblemente"tiene que exponer en la fundamentación jurídica para no caer en arbitrariedades.
Respecto a la determinación del importe, considera que con un vehículo marca Mercedes deportivo, el condenado evidencia que tiene "recursos superiores"a los de la indigencia, y que se encuentran en el límite de la cuantía ordinariamente utilizada por los tribunales de esta provincia.