Accidente de Germanwings
España certificará la defunción de las víctimas sin esperar las pruebas de ADN
La Fiscalía impulsará los expedientes para agilizar los trámites de las familias
Los familiares de las víctimas españolas del Airbus 320 de Germanwings siniestrado en los Alpes franceses no tendrán que esperar a la identificación de los restos de sus seres queridos para llevar adelante las gestiones administrativas derivadas de la desaparición de sus familiares
Los familiares de las víctimas españolas del Airbus 320 de Germanwings siniestrado en los Alpes franceses no tendrán que esperar a la identificación de los restos de sus seres queridos para llevar adelante las gestiones administrativas derivadas de la desaparición de sus familiares. Según ha podido saber LA RAZÓN, la Fiscalía de la Audiencia Nacional –que horas después de la tragedia abrió diligencias informativas por si España pudiera tener competencia para investigar los hechos– tramitará a partir del próximo lunes ante el Registro Civil Central los certificados de defunción de las 50 víctimas españolas (una cifra que ayer mismo el Ministerio de Asuntos Exteriores alemán elevó a 52).
La intención del departamento que dirige Javier Zaragoza –quien designó al fiscal Daniel Campos para llevar a cabo estas diligencias– es facilitar a las familias de los fallecidos los ineludibles trámites administrativos que deben afrontar y para los que resulta inexcusable contar con los certificados de defunción de sus seres queridos.
Dado que las autoridades francesas ya han dejado claro a la Fiscalía que no facilitarán dato alguno sobre las identificaciones de los restos hallados hasta que se hayan completado gracias a las pruebas de ADN (una ardua labor que puede demorarse semanas o meses), el Ministerio Público ha solicitado al país vecino una certificación que acredite que en el siniestro del Airbus 320 no hubo supervivientes, un documento que previsiblemente recibirá en los próximos días.
La intención de la Fiscalía es remitir la próxima semana ese certificado, junto con la lista oficial de los pasajeros españoles que viajaban en el avión, al Registro Civil «para que se inicien los expedientes administrativos» que permitirán a las familias llevar a cabo todos los trámites subsiguientes.
Idéntico protocolo es el que se siguió el pasado julio tras el accidente aéreo del avión de Swiftair en el que fallecieron 116 personas, incluidos los seis tripulantes españoles, sin esperar a que concluyeran las complicadas tareas de identificación de las víctimas.
La Oficina de Atención a las Víctimas del siniestro aéreo ha ofrecido ya a las familias asistencia técnica para todas las gestiones que tengan que llevar a cabo ante la Seguridad Social, Agencia Tributaria o compañías de seguros; unos trámites para los que se precisan los certificados de fallecimiento.
Las diligencias informativas abiertas por la Fiscalía de la Audiencia Nacional –en estrecha colaboración con la Fiscalía de Marsella– han permitido, por ejemplo, el envío al lugar de los hechos, en comisión rogatoria, de tres forenses y seis agentes expertos en identificación de cadáveres de la Policía Científica y de la Unidad de Criminalística de la Guardia Civil para colaborar en las labores de análisis de los restos.
La iniciativa permitirá a la Fiscalía acordar las diligencias que sean necesarias (entre ellas, la repatriación de los restos de los españoles fallecidos) pero, sin embargo, no acarreará una investigación judicial sobre el siniestro dado que, apuntan las fuentes consultadas, la Audiencia Nacional no es competente para conocer estos hechos, pese a la existencia de víctimas españolas, al no tratarse de un delito de terrorismo.
Al descartarse ese supuesto, la única posibilidad de que la Audiencia investigara lo sucedido sería que se imputasen las muertes a un ciudadano español. Tras la última reforma de la jurisdicción universal, el artículo 23,2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que España es competente para investigar los delitos cometidos en el extranjero siempre que los responsables sean «españoles o extranjeros que hubieran adquirido la nacionalidad española con posterioridad a la comisión del hecho». Ninguno de estos supuestos se cumplen, pues el copiloto a quien se atribuye la voluntad de destruir el avión, Andreas Lubitz, era de nacionalidad alemana.
Además, entre otros requisitos, se exige que el agraviado (en este caso, los familiares de las víctimas) o el Ministerio Fiscal «interpongan querella». La Fiscalía descarta esta posibilidad por la falta de competencia de la Audiencia, y hasta el momento ningún familiar ha formalizado denuncia alguna, pero al tratarse, en todo caso, de 149 asesinatos cometidos por un extranjero en el extranjero, esa querella no se admitiría a trámite.
De hecho, fuentes de la Audiencia Nacional dan por seguro que será finalmente la Justicia alemana la que investigue el siniestro, al ser el piloto y la aeronave de esa nacionalidad y la mitad del pasaje.
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