Administración Pública

El TS avala la reordenación del sector público de la Junta por tercera vez

La Razón
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Confirma la legalidad de los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el sindicato CSIF-A contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de rechazar la apelación de esta central contra los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, con lo que confirma por tercera vez la legalidad de la reordenación del sector público andaluz.

Según la Consejería de Hacienda y Administración Pública, el fallo, que crea jurisprudencia en esta materia, manifiesta la legalidad del decreto 92/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, reiterando los fundamentos jurídicos contenidos en otra sentencia del mismo tribunal, también de 25 de marzo, sobre la misma norma.

La resolución establece que los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento son conformes a derecho, así como la doctrina del Tribunal Supremo sobre la condición de empleado público del personal integrado en las agencias en el marco de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.

La sentencia vuelve a incidir en que el personal integrado en esta agencia ya tenía la condición de empleado público y que, por consiguiente, el proceso de reordenación del sector público no cambia su estatus jurídico, que no se suscitan dudas de constitucionalidad respecto de la citada Ley 1/2011, y que el proceso de integración no lesiona el principio de igualdad ni los derechos de promoción profesional de los recurrentes.

Mantiene también el Supremo que el personal integrado sólo podrá acceder a la condición de personal funcionario o laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía participando en los respectivos procesos selectivos.

Según el Gobierno andaluz, esta tercera sentencia supone la confirmación de la legalidad del proceso de reordenación del sector público, estableciendo un criterio judicial uniforme, que aporta seguridad jurídica y confianza a los distintos operadores y, especialmente, porque al tratarse de una doctrina establecida de modo reiterado por el alto tribunal, crea jurisprudencia y tiene el valor de completar el ordenamiento jurídintas la Junta. Sin embargo, diversos sindicatos se han mostrado frontalmente en contra de esa reordenación contra la que pelean en los juzgados.