Acoso escolar
La base legal que ampara a la víctima
Negar o relativizar el problema, el error más grave, según el Defensor
Hace unas semanas se reabrió en EE UU la investigación sobre el suicidio de Gabriel Taye, un niño de ocho años víctima de acoso que se suicidó en enero. El motivo: la aparición de un vídeo en el que se ve cómo es agredido en el colegio apenas dos días antes de su muerte. Desgraciadamente, el archivo de estos procesos es lo habitual en todo el mundo. Un menor carece de responsabilidad penal, pero la legislación y la jurisprudencia española contemplan otros supuestos como la cooperación necesaria o cualquier otro tipo de participación que responsabiliza a otros implicados en los hechos.
«Si un profesor no interviene en una agresión sexual o la consiente en el mismo colegio, todos coincidiríamos en que la negligencia tendría castigo, ¿verdad?», reflexiona Carmen.
La investigación del Defensor del Pueblo Andaluz constata el incremento de los casos de acoso «a edades cada vez más tempranas». «Hemos sido testigos de las dificultades con las que se encuentran los profesionales de la educación para aplicar en su integridad los protocolos contra el acoso en los centros educativos. Y no hemos podido conocer la incidencia real de la violencia entre iguales en los centros educativos de Andalucía por no contar la Administración educativa con un sistema apropiado de recogida de datos», detalla en su informe. Sin dejar de reconocer que «la mayoría de nuestros centros presentan unos niveles de convivencia que podríamos calificar como aceptables» tampoco sería deseable «caer en el error de minimizar la importancia de un problema. Negar o relativizar el problema es el error más grave que se puede incurrir. No podemos seguir permitiendo actos de violencia en los colegios e institutos. No podemos mirar para otro lado. Ningún niño o adolescente puede ser maltratado por sus compañeros sin merecer la justa respuesta de protección y tutela».
El Defensor alerta sobre lo recurrente de la «negación institucional» –tendencia de los colegios a negar la existencia del acoso– y el sufrimiento añadido que esta actitud supone para las víctimas». En el recurso de reforma y subsidiario de apelación presentado por el abogado de Carmen se hacía hincapié en que «ni los profesionales del centro ni el inspector de la Junta han hecho lo más mínimo por cumplir con su obligación y proteger» a la niña.
El Defensor del Menor de Andalucía destaca que «la responsabilidad penal por acoso o ciberacoso puede llegar a extenderse también al profesorado y a los padres del alumno acosador». El tipo delictivo exigible al profesorado sería el de omisión del deber de socorro tipificado en el artículo 412 del Código Penal. Sólo demostrando que el centro educativo aplicó los mecanismos de control necesario se podrá exonerar de su responsabilidad.
En el caso de los padres del acosador, el abogado de Carmen entiende que «la responsabilidad no deriva de los actos realizados por su hijo sino de su comportamiento tras conocer los hechos y no hacer nada para evitarlo, estando tipificada esta acción en el artículo 450 del Código Penal» y documenta la querella con jurisprudencia que permite concluir «sin vacilación» que se puede cometer un delito contra la integridad moral por omisión.
La versión del centro educativo
Este diario se puso en contacto con el centro educativo para conocer su versión. Fue el director de comunicación de la Fundación CEU Andalucía, Enrique Belloso, quien explicó que ya hubo un «pronunciamiento del Juzgado de Menores» en 2016, en el que fueron de la mano de la Junta de Andalucía, y que archivó el caso. Sin entrar en ningún detalle, el colegio entiende que «se siguieron todos los protocolos» y que todo lo que tiene que decir «está en el informe remitido a la Guardia Civil». El colegio ha requerido los servicios del prestigioso bufete de abogados Baena Bocanegra y se están realizando todos los pasos «conforme a derecho», pues «si se insiste, también tenemos que defendernos».
El CEU San Pablo dice dar un lugar prioritario, desde primero de Infantil, a la enseñanza bilingüe y a la innovación de programas pedagógicos apoyados en las nuevas tecnologías. El propio centro define su proyecto educativo como «integral» y enfocado a las formación de personas plenas: «Somos un colegio CEU y eso nos exige un modo de ser, de actuar y de enseñar diferente. Nos ocupamos de educar a nuestros alumnos en la excelencia académica, ayudando a cada uno a desarrollar lo mejor de sí mismo».
«Culpa in vigilando, culpa in educando»
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