Junta de Andalucía
Un nuevo proyecto normativo de la Junta atenta contra la seguridad jurídica
El consejo de defensa de la competencia avisa de que el Decreto ligado a los servicios sociales no es «coherente» con la legislación estatal
El consejo de defensa de la competencia avisa de que el Decreto ligado a los servicios sociales no es «coherente» con la legislación estatal
La elaboración de nuevas normas es un desafío que no siempre conlleva un único intento resuelto y acertado, como no todo disparo de un fotógrafo es certero. La Junta lo sabe. La Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA) ha revisado, a petición de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, el proyecto de Decreto por el que se aprobará el Reglamento de Comunicación, Autorización y Acreditación administrativas ligado a los Centros de Servicios Sociales de la Junta y su registro, encaminado a mejorar la cobertura de esa asistencia y a poder contar con entes garantes de la seguridad y salud de las personas. A finales de 2017 existían 3.570 centros de servicios sociales y otras 7.364 entidades. De ellos, 1.770 correspondían a la atención de los mayores, lo que supuso casi una cuarta parte (24%), en el caso de las entidades sociales, y en el de los centros la cifra se elevó hasta los 1.961, lo que significó más de la mitad del global (54,7%, con exactitud).
Tras analizar el borrador de Decreto, el Consejo de Defensa de la Competencia avisa de que el articulado y los anexos de la norma no se adecúan del todo a «los principios de una buena regulación» y pueden plantear varios problemas de seguridad jurídica, además de contener «múltiples reenvíos» a otros textos, por lo que entiende que, «en aras de la claridad», sería recomendable que «se revisase» para «reducir en lo posible las remisiones a otros preceptos, especificando» el contenido que se pretende regular, «pues ello facilitará la comprensión de la norma». En su dictamen, de 41 páginas y consultado por LA RAZÓN, el ente aboga por repasar el desarrollo propuesto «para las comunicaciones administrativas previstas en los artículos 83 y 85 de la Ley 9/2016 –de servicios sociales de Andalucía–», dado que lo ideado «ha de considerarse» contrario «al principio de seguridad jurídica», por «no ser coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional, en particular, con los postulados de la Ley 39/2015 –del procedimiento administrativo común de las instituciones públicas– y de la LGUM –de garantía de la unidad de mercado–». Normativa de «obligado cumplimiento» al tratarse de «legislación básica estatal». Apuesta también por que se modifiquen los «modelos de solicitud de autorización y acreditación» de los mencionados centros o entidades, así como por suprimir directamente «la exigencia de documentación o declaraciones, que implique el sometimiento de los operadores económicos a más de un régimen de intervención administrativa».
En relación al embrión de Reglamento en concreto, el consejo concluye que la gestión de «los traslados y cambio de tipología» de centros no podría articularse según «el procedimiento diseñado por el órgano tramitador de la norma» en el proyecto de Decreto, debido a que «la regulación de los sistemas de autorización debe ajustarse a lo dispuesto en la LGUM». A lo que hay que sumar que «cualquier régimen de autorización debe establecerse en una norma con rango de ley y ha de motivarse de forma suficiente su necesidad y proporcionalidad». En consecuencia, «se recomienda su revisión a los efectos de su adecuación a la Ley 9/2016».
En el articulado alumbrado por la Junta no se precisan tampoco «todos los requisitos exigibles para obtener la acreditación administrativa» de los prestadores de servicios sociales, si no que se les remite a «futuras guías». «Ello, unido a la redacción del artículo 24.4 del proyecto de Reglamento podría generar cierta incertidumbre entre los destinatarios de la norma –se anota en el dictamen–» y, en especial, entre los interesados en «conseguir la acreditación». ¿El motivo? «Pudiera estar dejándose abierta la posibilidad de que la Administración establezca nuevos requisitos y condiciones para el desarrollo de la actividad», lo que, de nuevo repercutiría en la seguridad jurídica».
La consejera de Igualdad, María José Sánchez Rubio, aseveró el pasado febrero en el Parlamento andaluz que se habían producido «considerables avances» en este Decreto cuyo fin era «agilizar la gestión con criterios de simplicidad, mayor eficacia y eliminación de obstáculos a las actividades de prestación de servicios sociales».
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