Castilla y León
Vecinos con «capacidad suficiente» podrán llevar las cuentas municipales
Cualquier persona, siempre que tenga «capacidad suficiente» y nociones básicas podrá llevar las cuentas de las entidades locales menores de Castilla y León. Así lo avanzaba el portavoz de la Junta, José Antonio de Santiago-Juárez, tras la posterior rueda de prensa del Consejo de Gobierno y al anunciar que la Junta aprueba un decreto para regular las funciones de secretaría para estos entes de la Comunidad.
En este sentido, el Gobierno Herrera aprobaba el decreto por el que se determinan las funciones de secretaría e intervención en las 2.226 entidades locales menores existentes, que deberán ser desarroladas por el secretario municipal, o por el servicio de asistencia y asesoramiento a municipios con el que cuentan las diputaciones. Para ello, se concederán ayudas por importe de 2,941 millones de euros para la mejora de personal y funcionamiento en los servicios de asistencia y asesoramiento a municipios de las diputaciones provinciales y del Consejo Comarcal del Bierzo. Con esta normativa, la Junta insta a todas las corporaciones locales rindan cuentas, un problema que, según De Santiago Juárez, se debe a la «falta de tradición o de cultura en la Comunidad» y aclaró que con esta normativa no aumentará el número de secretarios, sino que servirá para repartir de una manera eficiente el trabajo.
El decreto establece tres supuestos. Por una parte, dependiendo de la clase del municipio donde se encuentren las entidades locales menores, diferenciando el de los municipios o agrupación cuyas funciones de secretaría e intervención se desempeñan de forma conjunta, que no superan los 5.000 habitantes. Por otro, aquellos iguales o inferiores a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas. Y una tercera que se presta en las localidades que cuentan con más de 20.000 vecinos.
Para los municipios cuyo puesto principal desarrolla conjuntamente las funciones de secretaría e intervención -2.082 pedanías- establece varias posibilidades a utilizar de forma sucesiva, y en un plazo marcado obligatorio; que las funciones sean ejercidas por el secretario-interventor municipal; en su defecto y por exceso de trabajo, que se busque el consenso mediante la firma de un convenio entre juntas vecinales, ayuntamiento y diputación; y como última opción, se distribuirían las distintas funciones.
En las localidades con más de 5.000 habitantes (144 pedanías) se contempla como única posibilidad la colaboración administrativa de cada ayuntamiento y las juntas vecinales con la respectiva Diputación o Consejo Comarcal.
✕
Accede a tu cuenta para comentar