Cierre de RTVV
La maraña jurídica hace inviable la apertura de RTVV hasta 2017
Los expertos advierten de que los 1.600 trabajadores pueden pedir su readmisión
La reapertura de RTVV se ha atascado en el maremágnum jurídico que acompañó a su cierre. Los deseos del nuevo Gobierno de poner en marcha una televisión y radio pública se complican a medida que se busca la manera de recuperar su emisión. La clave está en las acciones legales que los 1.600 trabajadores pueden ejercer antes de que la empresa esté extinguida, y para ello, la deuda debe estar liquidada.
Juan Eduardo García Osca, asociado senior del departamento de derecho público de Olleros abogados, incide en que la liquidación del ente creado en 2012 es imprescindible para no cometer error alguno. Sin dar este paso, la apertura de una nueva RTVV podría ser impugnada y, por tanto, debería producirse antes incluso de la derogación de la ley aprobada en noviembre de 2014 y que dictaba la supresión del servicio de radio y televisión pública.
A día de hoy, el Consell tiene previsto adelantar la promulgación de una nueva ley que permita la existencia del citado servicio público. Invertir el orden podría provocar la impugnación de la misma, puesto que habría dos entes prestando el mismo servicio público, el que aún no se ha extinguido y el nuevo.
La siguiente clave reside en los trabajadores que conformen la nueva RTVV. El ERE que puso fin al ente fue suscrito por todos los sindicatos, excepto la CGT.
En este documento se recoge una cláusula que hace todavía más problemática la reapertura a corto de plazo sin la admisión de todos los trabajadores. Esta garantiza que si se abre una RTVV antes del 30 de junio de 2017 volvería la plantilla al completo.
La directora del área de laboral de Olleros Abogados, Soraya Muñoz, explica que si se diese esta circunstancia la Generalitat no solo debería readmitirlos, sino que además, habría que pagarles los salarios de tramitación. Una vez hecho esto, se podría ejecutar otro ERE, alegando una vez más que la empresa en inviable.
Para evitar que todo esto ocurriese, es imprescindible garantizar que se abre un nuevo ente. Sin embargo, los tribunales podrían determinar que se ha producido una continuidad de empresas porque la actividad sería la misma e incluso las instalaciones. El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores vela por que no se produzcan estas prácticas.
La Generalitat ha defendido hasta el momento que quiere abrir una nueva empresa e iniciar un nuevo proceso de admisión. Muñoz afirma que sin la cláusula que alude al año 2017 podría hacerlo, pero su existencia hace que los trabajadores aún puedan recurrir. Sin esta el plazo habría expirado un año después de la aprobación del ERE.
El Consell podría tratar de llegar a un pacto con los sindicatos para impedir acciones legales, pero cualquier trabajador podría seguir impugnándolo.
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