Madrid

Qué puedo hacer, qué no y hasta cuándo: guía del Estado de Alarma en 9 ciudades de Madrid

Estará en vigor durante, al menos, 15 días. Afecta a la capital y a otras ocho localidades de la región. Los comercios tendrán que cerrar a las diez de la noche y los bares una hora más tarde. Y las reuniones, de seis personas

Agentes de Guardia Civil realizan un control en la carretera A-4, en Madrid (España), a 9 de octubre de 2020. El Ministerio del Interior ha comenzado a desplegar un amplio operativo de controles policiales en Madrid y el resto de municipios afectados por las restricciones de movilidad en aplicación del estado de alarma aprobado este viernes en una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros, según han adelantado a Europa Press fuentes policiales.Joaquin Corchero / AFP7 / Europa09/10/2020
Agentes de Guardia Civil realizan un control en la carretera A-4, en Madrid (España), a 9 de octubre de 2020. El Ministerio del Interior ha comenzado a desplegar un amplio operativo de controles policiales en Madrid y el resto de municipios afectados por las restricciones de movilidad en aplicación del estado de alarma aprobado este viernes en una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros, según han adelantado a Europa Press fuentes policiales.Joaquin Corchero / AFP7 / Europa09/10/2020Joaquin Corchero / AFP7 / Europa PressJoaquin Corchero / AFP7 / Europa

El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto para decretar el Estado de Alarma y limitar la movilidad en nueve municipios de la Comunidad de Madrid apenas un día después de que el TSJM desestimase estas mismas medidas, que habían sido aprobadas por el Ministerio de Sanidad. El objetivo del real decreto es contener los contagios en Madrid en esta segunda ola.

¿A qué localidades afecta el Estado de Alarma?

Las medidas restrictivas afectan a Madrid capital y a otros ocho municipios de la comunidad: Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. El ministro, Salvador Illa, informó ayer de que Alcalá de Henares sale de la lista de territorios confinados al haber mejorado su situación sanitaria.

¿Qué motivos sí me permiten salir de mi municipio?

La asistencia a centros sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o legales; asistencia a centros educativos; retorno a residencia habitual; asistencia y cuidado a personas mayores o menores, personas con discapacidad o dependientes; desplazamientos inaplazables a entidades financieras, trámites administrativos o pruebas oficiales inaplazables por fuerza de causa mayor; o cualquier otra actividad análoga que esté debidamente acreditada.

¿Hay más zonas con restricciones en Madrid?

Sí. Hay tres zonas básicas que no quedan bajo el paraguas del Estado de Alarma, pero que sí tienen limitada su movilidad. Sus vecinos no pueden salir hacia otros barrios. Se trata de las zonas básicas de Reyes Católicos (en San Sebastián de los Reyes), Villa del Prado y el área conformada por Humanes y Moraleja de Enmedio.

¿Con cuántos no convivientes puedo reunirme?

Al margen de lo que tiene que ver con la movilidad, el resto de restricciones de la orden del Ministerio de Sanidad siguen en vigor porque no afectan a un derecho fundamental. Lo que implica que «la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas».

¿Qué limitaciones existen en bares y comercios?

En los locales comerciales, el aforo máximo es del cincuenta por ciento y el cierre no podrá superar las 22 horas. En los establecimientos de hostelería y restauración –también en los de juegos y apuestas– el aforo en el espacio interior será del cincuenta por ciento y en el exterior se podrá elevar hasta el 60 por ciento. El consumo en barra no estará permitido y las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa y los dueños no podrán admitir a nuevos clientes a partir de las 22 horas, de manera que la hora de cierre no podrá superar las 23 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Otras actividades, servicios e instalaciones: el aforo máximo será del 50 % salvo que se prevea uno inferior.

¿Puedo realizar deporte?

Sí, siempre que sea dentro de los límites de tu municipio. Salir, por ejemplo, con la bicicleta o a correr por un parque cercano que está en otra localidad no está permitido. En las instalaciones deportivas, el aforo será del 50% en recintos interiores y del 60% en espacios situados en el exterior de estas instalaciones. La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. En las competiciones oficiales de carácter no profesional, se aplicará el protocolo de actuación que ha elaborado por el Consejo Superior de Deportes. Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas tendrán un aforo máximo del 50%.

¿Es posible ir a la iglesia?

En los lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. Por su parte, en los velatorios, el aforo máximo será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. También, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de 15 personas.

¿Cuándo decae el Estado de Alarma decretado ayer?

Tiene una duración máxima de 15 días, aunque puede ser prorrogable. Por lo tanto, las restricciones estarán vigentes durante este plazo de tiempo. Cuando se cumplan los 15 días, se revisarán dichas restricciones, pudiendo mantenerlas, suprimirlas o aplicar otras nuevas en función de la evolución de la situación sanitaria.