Limbo legal
El Ayuntamiento de Madrid impuso 39.000 multas durante el estado de alarma “inconstitucional”
Del total de sanciones de la Policía Municipal entre el 14 de marzo y el 20 de junio, un total de 33.000 han sido notificadas y 5.700 pagadas por un valor de 1,7 millones de euros
La decisión del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucional el primer Estado de Alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchezsitúa en un limbo legal las multas impuestas por numerosas administraciones del país al amparo de ese marco jurídico establecido por Moncloa coincidiendo con el estallido inicial de la pandemia, en marzo de 2020. Entre estas administraciones se encuentra el Ayuntamiento de Madrid, liderado por José Luis Martínez-Almeida, cuya Policía Municipal llegó a imponer durante este primer estado de alarma un total de 39.000 sanciones, según los datos a los que ha tenido acceso LA RAZÓN.
Sánchez, con esta medida, buscó contener los contagios mediante un instrumento legal extraordinario bajo el que decretó el confinamiento domiciliario. Sin embargo, el TC ahora ha dictaminado que el instrumento empleado para limitar la libertad de movimientos de los ciudadanos no fue el adecuado.
¿Cuántas hay ya tramitadas?
La sentencia, cuyo contenido y cuyos argumentos se conocerán en los próximos días –podría suceder de manera inminente–, inunda de dudas lo qué sucederá con las multas impuestas en la primavera de 2020 por saltarse en confinamiento. Esas sanciones, según expertos jurídicos, podrían ser anuladas tras el correspondiente procedimiento de reclamación.
Hay que tener en cuenta que el fallo del TC afecta al primer estado de alarma, esto es, al comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de junio. A lo largo de estos casi cien días, el Ayuntamiento de la capital impuso hasta 39.000 sanciones. De ese montante, 33.000 han completado ya su tramitación, es decir, ya han sido notificadas por parte de la administración municipal a los infractores. Y de esas, ya han sido pagadas en torno a 5.700, cuyo importe a las arcas municipales suma alrededor de 1.700.000 euros.
Esto supone que la falta de diagnóstico jurídico por parte del Gobierno de Sánchez, así como suposterior negativa a desarrollar una ley –a pesar de que se comprometió a ello– que diera amparo a las medidas sanitarias y de limitación de libertades necesarias para la contención del virus, podrían tener un gran impacto sobre las arcas del consistorio de la capital.
En Cibeles prefieren esperar a conocer los detalles sobre la sentencia, especialmente en torno a la posibilidad de que aporte algo de luz sobre lo que realmente sucederá con las multas y el posible recorrido jurídico que puedan tener las reclamaciones de los infractores. En el caso de que, finalmente, se abriera la puerta a esas reclamaciones, la devolución no sería en ningún caso inmediata. Ya que la casuística en torno a estas multas es enorme y sería necesario ir caso por caso.
Reclamación patrimonial
Al margen de lo que sucede con las multas, lo que sí parece claro es que no podrán solicitarse compensaciones a las administraciones por las actividades económicas y comerciales no realizadas en estos tres meses. Fuentes jurídicas precisan que la resolución sí excluye la posible responsabilidad patrimonial del Estado, dado que la sentencia entiende que los ciudadanos tenían el deber jurídico de soportar las medidas decretadas en ese primer estado de alarma y que la inconstitucionalidad decretada en principio no sería título suficiente para fundamentar una reclamación patrimonial ante la administración.
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