Recurso de Vox

El TC pone en jaque las multas durante el estado de alarma

El ponente concluye que no se llevó a cabo una limitación de derechos fundamentales como el de circulación, sino una suspensión, lo que requiere del estado de excepción

El Tribunal Constitucional (TC) se inclina por declarar inconstitucional el primer estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez en marzo del pasado año al considerar que lejos de limitar el ejercicio de derechos fundamentales avaló una suspensión de los mismos, algo que solo permiten los estados de excepción y de sitio.

Se trata de la respuesta del TC al recurso de inconstitucionalidad planteado por Vox contra ese primer decreto del estado de alarma. El partido de Santiago Abascal recurrió al Constitucional al considerar que se vulneraron derechos fundamentales con esas restricciones que, en su opinión, no tenían amparo legal en el estado de alarma.

Ahora, según ha adelantado El Español y han confirmado fuentes del tribunal a este periódico, la ponencia que ha elaborado el magistrado Pedro González-Trevijano apunta en esa dirección, al cuestionar que el estado de alarma permitiese dejar en suspenso el ejercicio de derechos fundamentales, fundamentalmente el de circulación.

Ese borrador, que está previsto que se debata en el Pleno que se celebrará el próximo 22 de junio, puede sufrir modificaciones fruto de las aportaciones de los magistrados, pero esas mismas fuentes apuntan a que es complicado que se modifique la decisión de declarar inconstitucional ese decreto gubernamental.

“Se va intentar buscar la máxima unanimidad”, señalan, aunque todo apunta a que la resolución vendrá acompañada de algún voto particular.

Autorización previa del Congreso

Vox reprochó al Gobierno en su recurso de inconstitucionalidad que incumpliese la ley al acordar un confinamiento domiciliario, que suspende el derecho de circulación, y dejase igualmente en suspenso el derecho de reunión, entre otros.

En opinión del partido de Abascal, y de un buen número de juristas y expertos en Derecho Constitucional que denunciaron que se trataba de un “estado de excepción encubierto”, el Ejecutivo debería haber recurrido al estado de excepción, que a diferencia del estado de alarma (que únicamente precisa del aval parlamentario para prorrogarlo) sí requiere de la autorización previa del Congreso desde el primer momento, por lo que no basta con recurrir a un decreto.

El portavoz de Acción Política de Vox, Jorge Buxadé, reprochó entonces al Ejecutivo de Pedro Sánchez que hubiese utilizado de forma “abusiva” el estado de alarma vulnerando “los derechos y libertades fundamentales de todos los españoles” para evitar así tener que recabar el plácet del Congreso para poner en marcha la medida, eludiendo “explicar con luz y taquígrafos cuál era su proyecto”.