El ambigú

Amnistía y referéndum

La búsqueda del poder a cualquier precio puede tener consecuencias devastadoras

No resulta aventurado ni irresponsable decir que ni la amnistía ni un referéndum de autodeterminación caben en nuestra Constitución. Con respecto a la primera, muchas voces autorizadas lo han expresado; la amnistía es el mayor cuestionamiento que puede hacer un estado de derecho al principio de separación de poderes y al derecho a la igualdad ante la ley, de tal suerte que solo cabe en aquellos países que lo tengan previsto en su Constitución; tratándose como se trata de una potestad de naturaleza diferente a la genuina de legislador, nuestro poder constituyente no solo no la previó sino que la rechazó en pleno proceso de elaboración de la Constitución tras ser rechazadas sendas enmiendas que intentaron que figurara en el texto constitucional; pareciera que al igual que Diógenes, a plena luz del día con una lámpara encendida buscaba un hombre honesto en medio de la decadente civilización clásica, aquí alguien busca voces autorizadas que defiendan que la amnistía cabe en la Constitución y no las encuentran. Respecto al referéndum de autodeterminación poco hay que decir, se puede citar la conocida STS 245/2008 del Tribunal Constitucional, de la cual se infiere con claridad que algo que afecte a un fundamento del orden constitucional como lo previsto en el art 2 CE (indisoluble unidad de la Nación española) solo puede ser objeto de consulta popular por vía del referéndum de revisión constitucional. El diálogo político es un pilar fundamental para la toma de decisiones y la construcción de consensos en cualquier sociedad democrática, pero el dialogo tiene un límite infranqueable, el estricto cumplimiento de la legalidad, y cuando la legalidad es clara las diferencias ideológicas no pueden legitimar dialogo alguno fuera de este marco. Cuando un objetivo político está en desacuerdo con lo que dicta la legalidad, o se abandona el objetivo o se cambia la legalidad, eso sí, respetando las reglas del juego; en lo que no puede convertirse el diálogo político es en una forma de eludir los procesos legales o evitar la rendición de cuentas por acciones ilegales. La frase con la que inicia la famosa obra de Tolstoi –Ana Karenina– «Todas las familias felices se asemejan; cada familia infeliz es infeliz a su modo.», también es predicable de los países, y en España sufrimos a nuestro modo y es un modo muy peculiar. La confrontación política es legítima y las opciones sobre cómo resolver conflictos políticos muy variadas, pero estas nunca pueden ser definidas sobre la base de cuestionar nuestro orden constitucional, no pueden estar amparadas en un contexto en el que se ponga en cuestión la calidad democrática de España, donde se trate de reconocer que nuestro poder judicial ha cometido injusticias, y muchos menos, que en España hay condenados por razones políticas. La exposición de motivos de la Ley que derogó el delito de sedición ya nos decía que «la reciente aplicación de este precepto ha puesto de manifiesto imprecisiones normativas de dudosa compatibilidad con el principio de legalidad penal y el principio de proporcionalidad», asumiendo nuestro legislador la injusticia del tipo penal aplicado, ya solo falta poner en cuestión la labor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Hemos pasado de la fase en que se otorgaba el perdón a otra en la que pareciera que hay que pedir perdón. Todo tiene límites y según qué acciones se pueden traspasar peligrosas fronteras que pueden erosionar nuestra democracia y sobre todo enfrentar a una sociedad que no se lo merece. La búsqueda del poder a cualquier precio puede tener consecuencias devastadoras para una nación y su gente. La integridad y la ética son valores importantes que deben mantenerse en la política para el bienestar de todos.