Jorge Urosa

Justicia retributiva

El Madrid Arena sigue coleando. El propietario de la empresa Diviertt ha sido denunciado por más de 30 de las víctimas que sufrieron lesiones aquella trágica noche. Esta circunstancia que no deja de ser una consecuencia natural de los incidentes de la macrofiesta de Halloween va a dar lugar a una polémica en la sociedad madrileña, que no va a entender cómo es posible que, muy probablemente, las penas que se le vayan a imponer a Miguel Flores, si es que finalmente se le encuentra culpable, no sean superiores a las que se le impondrían por un accidente de tráfico.

Los homicidios van a ser calificados, casi con toda probabilidad, de imprudentes y eso lleva aparejadas unas penas, según el artículo 142 del Código Penal, que van de un año a cuatro. Cabría la posibilidad de que los delitos se calificaran en concurso real con las lesiones, al entenderse que los distintos delitos son producto de acciones distintas, lo que haría que la pena por las lesiones según el artículo 152 llegase hasta los dos años por cada una de ellas, con lo que paradójicamente podrían suponer una condena superior por las lesiones, en pura teoría, que por los homicidios.

Sin embargo, en los delitos imprudentes la pena se determina a través de un concurso ideal, ya que la misma acción ha dado como resultado cinco muertes, lo que nos lleva a la aplicación de la pena más grave, en este caso el homicidio, en su mitad superior. Una pena que, casi con toda seguridad, no llegará a los tres años. Éste es el resultado del sistema de absorción agravada de nuestro Código, que no va a retribuir ni a la familia de las víctimas, ni a la Justicia.