Avite
El Gobierno no ha incorporado "ni una alegación" de la asociación de víctimas de la talidomida
Avite lamenta que el Gobierno haya desoído las alegaciones que presentaron. Entre otras, un perdón oficial del Estado a las víctimas, y que se suprimiera la parte de que la percepción de esta ayuda deducirá de su cuantía cualquier otra prestación de análoga naturaleza
Tras publicarse hoy en el BOE el Real Decreto por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las víctimas de la talidomida en España durante el período 1950 y 1985, el presidente de la Asociación de Víctimas de la Talidomida (Avite), José Riquelme, denuncia a este periódico que el Gobierno "no ha tenido en cuenta ninguna de nuestras alegaciones".
Tras destacar el avance logrado por fin con estas ayudas, la asociación lamenta que el Ejecutivo haya desoído la "petición de un perdón oficial del Estado a las víctimas y especialmente a sus madres. Se agradece, pero no basta un vídeo al respecto de la ministra Ione Belarra" difundido ayer.
En este sentido, Avite recuerda que la asociación ha aportado pruebas documentales que demuestran que, "cuando en noviembre de 1961 el fármaco se retiró de todo el mundo por lo que se sabía que causaba, en España Grünenthal, a sabiendas, y sin que ninguna institución pública lo impidiese, la siguió vendiendo, de manera que causó estragos nada menos que hasta 1985, 24 años después".
La asociación también reclamó en su día la extensión de condición de beneficiarios a todos los realmente afectados, y no a unos pocos. Y es que el artículo 2 c sigue exigiendo como requisito para percibir esta ayuda que la "persona interesada figure inscrita en el Registro Estatal de Enfermedades Raras", cuando "es imprescindible añadir como alternativa el que la persona interesada, o bien tenga reconocida en resolución administrativa o judicial su condición de afectado por haber sido beneficiario de las ayudas de 20210, por haber obtenido la jubilación anticipada (conforme al RD 2009) o por tener reconocido un grado de discapacidad con código talidomida".
Según Avite, "solo así se evitaría una contradicción inadmisible en un estado de derecho como es que el Estado tenga a una persona en un documento público como afectado con prestaciones sociales pertinentes. Y, sin embargo, no lo tenga a los efectos de concesión de la ayuda solidaria" de este Real Decreto.
Otra de las alegaciones que no se han tenido en cuenta en la exención fiscal de las ayudas, al igual que sucede con los afectados por el VIH, la colza, las víctimas del terrorismo, etc.
Por último, Avite incide que solicitó en sus alegaciones que se suprimiera del texto la parte de que la percepción de esta ayuda deducirá de su cuantía cualquier otra prestación de análoga naturaleza. "Este punto es ilegal", sostienen, ya que "afirma estas ayudas serán (...) complementarias con la percepción de otras ayudas (...) y, en concreto, con las ayudas establecidas en el Real Decreto 2010. Aquí complementar es antónimo de restar" y además es contradictorio con otro párrafo del Real Decreto que sí es acorde con la ley.
Ante todo ello, desde Avite aseguran que seguirán "luchando por los derechos de las víctimas".
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