Tráfico
Casi la mitad de los muertos en carretera habían consumido alcohol y drogas
En 2020 murieron 597 conductores en accidentes en carretera, de los cuales un 48,7% se encontraban bajo los efectos de algún tipo de sustancia estupefaciente
Los meses de verano, junto con Septiembre y Octubre son meses en los que la mayor parte de los municipios españoles celebran alguna de sus festividades más icónicas. Estás fiestas, a parte de atraer a un gran número de turistas, suelen acarrear un gran número de problemas en materia de alcohol y drogas. Por ello, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido intensificar los controles de carretera, de modo que, cualquier conductor podrá ser requerido para la realización de dichas pruebas. Durante el año pasado, este tipo de controles, realizados por la Guardia Civil, supusieron más de 100.000 sanciones relacionadas con alcohol y drogas.
Las vías convencionales y aquéllas con un índice de siniestralidad más elevado serán los principales objetivos en los que se centrarán los cuerpos de seguridad durante este periodo. La campaña se encuadra dentro de los objetivos propuestos por el organismo, en los cuales se propusieron cinco millones de pruebas de alcohol y al menos otras 100.000 de detección de sustancias psicotrópicas.
Desde la DGT explican que, aunque el índice de siniestralidad ha bajado significativamente en los últimos años, no debemos de olvidar que en 2020 murieron 597 conductores en accidentes en carretera, a los que el Instituto Nacional de Toxicología realizó autopsias, desvelando que hasta un 48,7 % había consumido alcohol, drogas o psicofármacos; un 3,2 % más que en 2019 según “la memoria anual sobre las muertes en accidentes de tráfico durante 2020″. Además, este dato no sólo está relacionado con un incremento en la siniestralidad sino también con una mayor gravedad en las lesiones y mortalidad de los afectados.
Además recuerda que, para evitar una sanción, en un control no se pueden superar los 0,25 mg/l de alcohol en el aire expirado (0,15 en los conductores noveles o profesionales) y que la superación de esta tasa, supone una multa de 500 euros y cuatro puntos del carnet, si no se alcanzan los 0,50 mg/l. En el caso de que no fuera así, la multa ascendería a 1.000 euros y seis puntos del carnet. Dar más de 0,60 mg/lse considera delito y tiene una pena de prisión de tres a seis meses y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Reincidir en este tipo de delitos en el mismo año, supone una multa de 1.000 euros y la retirada de cuatro o seis puntos, dependiendo de la tasa dada. Y la negativa al sometimiento de la prueba supone prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
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