Santiago de Compostela
Condenan a 18 años de cárcel al hombre que tiró ácido a unos niños que confundió con hijos de un juez
El Juzgado de lo Penal número 2 de La Coruña ha condenado a penas que suman 18 años y tres meses de prisión a un hombre por verter ácido a tres menores -al pensar que uno de ellos era hijo del titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago de Compostela, el juez José Antonio Vázquez Taín- y a dos mujeres, una de ellas madre de uno de los niños.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a Agustín Ucha Castro, de 62 años, a tres delitos de lesiones, con una pena de tres años y nueve meses, respectivamente, y a otros dos delitos de lesiones, por los que impone, en este caso, tres años y seis meses de prisión por cada uno.
Además, le condena al pago de indemnizaciones que ascienden a un total de 27.450 euros, además de otros 4.415 euros al Sergas por los gastos derivados de la atención médica.
En el juicio, el procesado, que cometió los hechos tras una condena impuesta por el juez Taín, reconoció que culpaba a éste de su situación, tras explicar que, al salir de la cárcel, vivía en la calle. También admitió que buscaba un "golpe mediático", aunque rechazó que planease hacer "daño físico".
La sentencia considera probado que, sobre las 13.55 horas, del 27 de febrero de 2012, Agustín Ucha esperó la llegada del autobús escolar "y se aproximó corriendo a los niños", un menor de 6 años y sus dos primas, de 7 y 9 años.
Además, añade que "creyendo que eran los hijos de un magistrado. les arrojó el contenido de una botella de plástico", que contenía, según recoge la sentencia, aguafuerte. También lo hizo sobre la tía de las niñas y madre del menor y sobre otra mujer, que se encontraba en la parada.
Quemaduras faciales
El menor sufrió quemaduras faciales y en el ojo derecho, que precisaron tratamiento médico-quirúrgico, por lo que le corresponde la mayor indemnización, unos 18.000 euros.
También sus primas sufrieron quemaduras faciales, al igual que su tía y la otra mujer, en este caso de menor consideración. Para cada una de ellas, fija una indemnización de 3.000 euros, excepto en el caso de la mujer que estaba en la parada y a la que deberá abonar 450 euros.
La sentencia subraya que el propio acusado "reconoce que vertió el líquido lanzándolo en círculos sobre las cabezas de los niños, lo que pone de manifiesto que cayó en la cara de los niños, y que tenía clara intención de causar el mayor daño posible". Además, tiene en cuenta la agravante de reincidencia y alevosía, aunque le aplica la atenuante de confesión.
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