Energía nuclear
Enresa deberá reforzar su organización para construir el silo y el CSN podrá paralizarlo si observa anomalías
Enresa deberá reforzar su organización de cara a la construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de combustible nuclear gastado y residuos de alta actividad en Villar de Cañas (Cuenca) y el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) podrá paralizar las obras de infraestructuras preliminares en caso de observar anomalías. Estas son dos de los límites y condiciones que el regulador atómico ha impuesto en el informe favorable a la autorización previa para el silo, que el pleno del CSN aprobó el pasado lunes 27 de julio.
Así, en el Anexo sobre los límites y condiciones al que ha tenido acceso Europa Press, aparecen 16 puntos. En concreto, señala que la organización de Enresa para la fase de construcción deberá ser reforzada, previamente a la obtención de la autorización de construcción, para supervisar el desarrollo del proyecto y garantizar la calidad durante la construcción. Además, el Consejo podrá paralizar las actividades y obras de infraestructuras preliminares en caso de aparición de anomalías que afecten o puedan afectar a la seguridad nuclear y protección radiológica hasta tanto sean corregidas, pudiendo proponer la revocación de la autorización si dichas anomalías no fueran corregidas.
Enresa es el titular de esta autorización previa para la construcción del ATC, que es considerada como una "instalación nuclear"para albergar los residuos de las centrales nucleares españolas, así como los que se encuentran en Francia procedentes de Vandellós I, los que no puedan ser tratados en el Cabril, así como aquellos residuos, bultos y contenedores que se derivan de la actividad de la instalación.
Sin movimiento de tierras
En su acuerdo, el pleno del CSN especifica que la presente autorización faculta a Enresa a iniciar actividades y obras de infraestructura preliminares, prohibiendo a la empresa que realice, antes de obtener la autorización para la construcción, ninguna actividad que lleve asociada movimiento de tierras dentro del área protegida, ni en el trazado norte del vial exterior. Asimismo, en relación al pozo que se pretende perforar en la zona del Chaparral y antes de su puesta en explotación, le exige justificar su posible efecto en la evolución del nivel freático del emplazamiento del ATC.
El CSN también considera que el diseño estructural y de cimentaciones, y el proceso constructivo de la instalación "deben compensar las limitaciones debidas a las características del terreno". Por ello, para obtener la autorización de construcción, Enresa deberá presentar al CSN un plan de actuación. Además, deberá realizar actividades complementarias a las actuaciones del plan de caracterización. Igualmente, tendrá que elaborar un plan de medidas compensatorias que minimice la posibilidad de acceso de agua al subsuelo de emplazamiento, tanto durante los trabajos de excavación y construcción como durante la fase de explotación a largo plazo.
Plan de vigilancia
Junto con ello, tiene que adoptar un plan específico de vigilancia, diferenciando su aplicación en las fases de excavación, construcción y operación, que identifique las medidas correctivas a adoptar de modo anticipativo ante cualquier incidencia relevante que se detecte. También tiene que actualizar las bases de diseño del emplazamiento antes de la obtención de la autorización de construcción y deberá disponer de un cuaderno de obra a disposición de la inspección del CSN. Trimestralmente, Enresa tendrá que remitir al Consejo un informe sobre el estado del avance del proyecto.
Finalmente, el regulador atómico especifica que podrá remitir a Enresa instrucciones técnicas complementarias para garantizar el mantenimiento de las condiciones y requisitos de seguridad, así como requerirle la documentación adicional que considere necesaria.
Justificado y argumentado
El informe técnico sobre el que se basa el acuerdo del pleno del CSN, de 104 páginas y al que ha tenido acceso Europa Press, concluye que el objetivo de la instalación "está justificado y que las necesidades a cubrir quedan debidamente argumentadas"tal como establece el VI Plan General de Residuos Radiactivos. De este modo, los técnicos afirman que los estudios de caracterización sobre la geografía, demografía, geología, meteorología, geomorfología, hidrología superficial realizados por Enresa son "aceptables", así como que los estudios de caracterización sobre peligrosidad sísmica son "aceptables"y permiten un "diseño seguro"de la instalación.
En cuanto a la caracterización hidrogeológica e hidrogeoquímica, consideran que Enresa ha desarrollado un modelo preliminar de flujo subterráneo de aguas que "deberá ser actualizado y completado"a lo largo del proyecto con la obtención de nuevos datos que permitan validar el modelo. Además, entienden que el diseño de cimentación propuesta por Enresa es "adecuada"para su ubicación en el emplazamiento, teniendo en cuenta que es necesario adoptar una solución envolvente conservadora en el diseño de estas cimentaciones y desarrollar un "detallado plan de vigilancia del emplazamiento", tras identificar los riesgos potenciales en la caracterización geotécnica para evaluar la estabilidad del terreno.
Como ya avanzó el CSN el pasado lunes, el informe técnico agrega que del análisis normativo se deriva que las bases de diseño del ATC son dependientes del emplazamiento, es decir, las características del emplazamiento condicionan el diseño del ATC, y que las incertidumbres asociadas a la caracterización del emplazamiento recomiendan "complementar el diseño con criterios de seguridad intrínseca". Finalmente, el informe señala que han estudiado las alegaciones presentadas y "no hay ningún aspecto que haya condicionado o modificado la evaluación técnica que el CSN ha realizado en el marco del proceso de licenciamiento". "Tampoco se ha identificado la necesidad de modificaciones formales o de contenido en los documentos oficiales asociados a la autorización previa", concluye.
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