Verano
Esto es lo que dice la ley en España sobre hacer topless en la piscina de la comunidad de vecinos
Esta práctica se popularizó en España en los años 70
Hoy en día, es bastante común ver a personas en las playas sin la parte superior del bikini. El topless se popularizó en España en los años 70, y su legalización en 1978 vino de la mano del incremento del turismo extranjero. Aunque el topless se ha vuelto bastante habitual desde entonces, en tiempos recientes ha mostrado una tendencia a disminuir.
Mientras que en las playas es ampliamente aceptado, la situación es diferente en piscinas cubiertas, especialmente en las comunitarias. En este tipo de instalaciones, el topless está permitido, pero existen algunas consideraciones a tener en cuenta.
Los propietarios tienen la autoridad para determinarlo
La regulación al respecto se basa en el artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que establece que serán los propietarios de manera conjunta quienes tendrán la autoridad para determinar las normas referentes a las áreas comunes.
''Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración''.
En resumen, conforme a este artículo, los propietarios tienen la posibilidad de añadir en los estatutos normas y regulaciones para el uso de las instalaciones comunes, siempre que no contravengan la legislación vigente. Por lo tanto, el topless en las piscinas comunitarias es permitido, a menos que las normas específicas de la comunidad lo prohíban.
Para establecer estas normas, es necesario contar con la aprobación mayoritaria de los propietarios. Además, para poder participar en las votaciones, es requisito estar al día con el pago de las cuotas comunitarias.
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