Leioa (Vizcaya)
El Vaticano destituye a los abogados del exprofesor de Gaztelueta condenado por abusos
Los tribunales vaticanos han rechazado todas las alegaciones presentadas por el antiguo profesor, entre las que pedía la recusación del juez de esta causa
El Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica ha destituido a los abogados del exprofesor riojano del colegio Gaztelueta de Leioa (Vizcaya), condenado por el Tribunal Supremo a dos años de prisión por abusos sexuales continuados cometidos entre 2008 y 2011 a un alumno menor de edad.
Según ha adelantado El Correo y explica el propio exprofesor en su blog, el tribunal vaticano ha rechazado todas las alegaciones presentadas por el antiguo profesor, entre las que pedía la recusación del juez de esta causa, la revocación del decreto de la Sede Apostólica, la inhibición de la Sede Apostólica en este proceso y la entrega de la investigación previa.
En septiembre de 2022, el Papa Francisco nombró un tribunal canónico para investigar desde el ámbito religioso el 'caso Gaztelueta'. El Pontífice envió una carta al padre de la víctima, Juan Cuatrecasas, en la que aseguraba que había estudiado todo el material de la Congregación para la Doctrina de la Fe y consideraba necesario abrir el proceso y nombrar un tribunal canónico para que llevara a cabo un juicio.
En 2018, la Audiencia Provincial de Vizcaya condenó al docente a once años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales por cinco episodios fácticos de abusos sexuales cometidos por el acusado en su despacho. La Audiencia dio credibilidad a la víctima, basándose en el testimonio aportado por los peritos de la acusación.
Si bien, en septiembre de 2020, el Tribunal Supremo rebajó la condena de once a dos años, al estimar parcialmente el recurso del acusado. Para entrar en prisión, la pena debe ser superior a los dos años, si el procesado no tiene antecedentes y no hay riesgo de que reincida.
El TS estimó de forma parcial el recurso del profesor --vulneración del derecho a la presunción de inocencia-- y excluyó de los hechos probados dos de los cinco episodios que condicionaron la gravedad de la pena al apreciar "una insuficiencia probatoria y un discurso valorativo" que no puede avalar.
Posteriormente, el pasado mes de febrero de 2022, el Tribunal Constitucional no admitió a trámite un recurso de amparo presentado por el condenado, decisión con la que quedó cerrado el procedimiento judicial.
En un comunicado, el Opus Dei recordó que en el año 2015, la Congregación para la Doctrina de la Fe realizó una investigación, que concluyó con la inocencia del profesor; manifestó su "repulsa" por "cualquier tipo de abuso" y mostró su deseo de que este proceso que ha abierto el Papa "ayude a sanar heridas y arrojar una mayor claridad" sobre el caso.
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