Pedro Sánchez

Los ministros juran o prometen su cargo, ¿cuál es la diferencia?

Pedro Sánchez hizo historia en junio de 2018 al ser el primer presidente desde la Transición en prometer su cargo de manera aconfesional.

Jura de ministros
GRAF1083. MADRID, 13/01/2020.- El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (d) y el rey Felipe VI (c) presiden la jura de ministros de su nuevo gobierno durante un acto celebrado en el Palacio de Zarzuela en Madrid este lunes 13 de enero de 2020. EFE/ Chema Moya POOLChema MoyaAgencia EFE

Pedro Sánchez hizo historia en junio de 2018 en su primera visita a Zarzuela fue el primer presidente desde la Transición en prometer su cargo de manera completamente aconfesional, es decir, sin el tradicional crucifijo y las Sagradas Escrituras presentes en Zarzuela en el momento de efectuar el juramento o la promesa.

Ya bajo reinado de Don Juan Carlos se abrió la posibilidad de jurar o prometer el cargo según las creencias religiosas, fue Don Felipe quien, al asumir la Jefatura del Estado en 2014, ofreció a los jefes de Gobierno la posibilidad de hacerlo con el crucifijo y la Biblia delante o no.

Suárez, Calvo Sotelo, Aznar y Rajoy juraron, mientras que González y Zapatero prometieron, pero el líder socialista es el primero en Democracia en hacerlo únicamente con la Carta Magna delante.

El Real Decreto 707/1979 establece en su artículo 1 que quien haya de dar posesión formulará al designado la siguiente pregunta: “Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo... con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución, como norma fundamental del Estado?”. Esta pregunta será contestada por quien haya de tomar posesión con una simple afirmativa.

En la práctica, no hay diferencia alguna entre jurar y prometer, pero difieren a nivel semántico. Jurar implica poner por testigo a alguien para asegurar con ello el fiel cumplimiento de un compromiso, generalmente se jura por un poder divino o un por un poder humano o institucional; jurar sobre la Biblia o la Constitución, por ejemplo.

Prometer cumplir fielmente un cargo es un compromiso con uno mismo que adquiere el que jura, sin poner por testigo a nadie ni a nada. Un compromiso personal con algo, con un cargo, una causa, un deber.

La RAE considera que el juramento y la promesa son términos sinónimos, matiza que la diferencia está en definir la promesa como un equivalente al juramento, sin fórmula religiosa, de cumplir los deberes de un cargo o función que se va a ejercer.