Tribunales

El Supremo rechaza el recurso de Aragón contra la elección de Sevilla como sede de la Agencia Espacial

Hace un mes el mismo tribunal ya adoptaba esa misma decisión respecto al recurso contencioso administrativo del Ayuntamiento de Cebreros

El TS rechaza el recurso de Aragón contra la elección de Sevilla como sede de la Agencia Espacial
El TS rechaza el recurso de Aragón contra la elección de Sevilla como sede de la Agencia EspacialEuropa Press

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso contencioso administrativo promovido por la Comunidad Autónoma de Aragón, contra los acuerdos estatales saldados con la designación de Sevilla como sede de la nueva Agencia Espacial Española, que ya funciona en la ciudad hispalense, según figura en una sentencia emitida el pasado 13 de diciembre.

Hace ahora poco más de un mes, el mismo tribunal ya adoptaba esa misma decisión respecto al recurso contencioso administrativo del Ayuntamiento de Cebreros, que solicitaba que dicha instancia condenase a la Administración central a "realizar un nuevo dictamen de la Comisión Consultiva" conformada para la evaluación de las candidaturas a acoger la sede de la Agencia Espacial Española. En aquella sentencia, de índole similar, el Supremo concluía ya que "la elección de la ciudad de Sevilla se justifica con todo detalle y atendiendo a todos los aspectos, principios y criterios".

La candidatura de Sevilla fue escogida entre las 21 ciudades aspirantes, principalmente por proponer una "excelente" sede en el Centro de Recursos Empresariales Avanzados (CREA) de San Jerónimo, por la "buena red" de conexiones internacionales aéreas, AVE y terrestre; la "amplia y variada oferta hotelera" de la ciudad hispalense, su "importante entorno de investigación y empresarial en el área aeroespacial" y por factores de empleo y cohesión territorial, ya que "la localidad cuenta con un mercado laboral necesitado de un impulso por el lado de la demanda", entre otros aspectos.

Sevilla, según la resolución estatal en la materia, propuso una "excelente sede, equipada y acorde a los requisitos", de la que "se valora de manera óptima la inmediata disponibilidad del inmueble, que, en estos momentos, ya está en funcionamiento, así como el hecho de que la localidad ofrezca cuatro ubicaciones alternativas en su término municipal para que sean tenidas en cuenta a futuro ante eventuales cambios en la Agencia y necesidades de ampliación o traslado".