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Calendario laboral

Canarias fija su calendario laboral para 2026: estos son los festivos y puentes por isla

Los ayuntamientos canarios dispondrán de un plazo de un mes desde la publicación del decreto en el BOC para remitir a la Dirección General de Trabajo sus propuestas plenarias sobre los festivos locales

Hojas de un calendario Grassassin0818/Pinterest

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el proyecto de decreto que establece el calendario de fiestas laborales en el Archipiélago para el año 2026. La medida, que será oficial tras su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), también abre el plazo para que los ayuntamientos fijen sus propias festividades locales, completando así el mapa laboral de la comunidad autónoma.

De acuerdo con el texto aprobado, el calendario autonómico para 2026 incluirá un total de doce jornadas festivas de carácter general, entre ellas destacan el 1 de enero (Año Nuevo), el 6 de enero (Epifanía del Señor), el 2 y 3 de abril (Jueves y Viernes Santo), el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo) y el 30 de mayo (Día de Canarias), festividad que conmemora la primera sesión del Parlamento autonómico en 1983. A estas se suman también el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el 2 de noviembre (Todos los Santos), el 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y el 25 de diciembre (Navidad).

Además de los festivos de ámbito regional, el decreto establece un día festivo adicional para cada isla, en función de sus celebraciones patronales. Así, el 2 de febrero será festivo en Tenerife (Virgen de Candelaria); el 5 de agosto en La Palma (Nuestra Señora de Las Nieves); el 8 de septiembre en Gran Canaria (Nuestra Señora del Pino); el 15 de septiembre en Lanzarote y La Graciosa (Nuestra Señora de Los Volcanes); el 18 de septiembre en Fuerteventura (Nuestra Señora de la Peña); el 24 de septiembre en El Hierro (Bajada de la Virgen de los Reyes); y el 5 de octubre en La Gomera (Nuestra Señora de Guadalupe).

Por su parte, los ayuntamientos canarios dispondrán de un plazo de un mes desde la publicación del decreto en el BOC para remitir a la Dirección General de Trabajo sus propuestas plenarias sobre los festivos locales. Estas podrán incluir hasta dos días adicionales inhábiles, retribuidos y no recuperables, que deberán responder a tradiciones específicas de cada municipio.

Con esta iniciativa, el Ejecutivo regional busca garantizar la planificación con suficiente antelación tanto por parte de las instituciones públicas como del sector privado, facilitando la conciliación familiar y la organización de actividades turísticas y comerciales.