El Ayuntamiento de Ciudad Real implanta un sistema informativo anticorrupción
Este lunes se ha publicado el decreto de Alcaldía en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para implantar un sistema donde las personas informen sobre infracciones legales y conductas adulteras
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El Ayuntamiento de Ciudad Real ha implantado un Sistema Interno de Información donde las personas podrán comunicar aquellas acciones ilegales que detecten dentro de un mecanismo protegido y amparado por la Unión Europea y la Ley 2/2023, de 20 de febrero que regula este contexto laboral.
El comité antifraude será el responsable de gestionar este sistema, operar la aplicación informática necesaria, y crear un registro de informaciones privado para las informaciones detectadas.
El objetivo de este sistema de detección de fraudes o infracciones es facilitar la investigación al Ayuntamiento su labor de cara a resolver estos problemas judiciales, según consta en el decreto publicado.
Este Sistema Interno de Información está orientado a aquellos profesionales del sector privado o público que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, comprendiendo en todo caso a aquellas personas que tienen vínculos profesionales o laborales con el Ayuntamiento de Ciudad Real (empleados públicos) por ejemplo voluntarios, trabajadores en prácticas, autónomos, subcontratistas, proveedores, personas que puedan sufrir represalias, entre otras.
La información se podrá realizar a través de correo postal o a través de cualquier medio electrónico habilitado al efecto, siempre de forma confidencial y dirigido al canal interno de informaciones verbalmente, por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz. Además la persona informante podrá presentarse mediante una reunión presencial, dentro del plazo máximo de siete días.
Una vez recibida la información, el responsable del Sistema Interno de Información decidirá sobre su admisión en un plazo que no podrá ser superior a diez días hábiles desde la fecha de entrada en el registro de la información. La resolución del informe deberá comunicarse a la persona anónima en un plazo no superior a los tres meses de plazo salvo casos especialmente complejos que podrán prolongarse otros tres meses.