Trabajo
Le despiden, recurre, y acaba perdiendo una indemnización de más de 6.000 euros
La trabajadora fue sancionada por acceder y alterar la ficha de disponibilidad de una compañera, falta que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha considerado suficiente para mantener el despido sin derecho a indemnización
Una empleada que fue despedida en enero de 2024 por manipular la disponibilidad laboral de una compañera mediante el acceso no autorizado a su ficha personal, ha visto cómo su recurso terminaba desestimado y cómo la sentencia que inicialmente le reconocía 6.714,57 euros de indemnización quedaba anulada.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha revocado la declaración de despido improcedente y ha ratificado la medida disciplinaria impuesta por la empresa, privando a la mujer de cualquier compensación económica.
En un primer momento, el juzgado de lo social estimó el recurso de la trabajadora al entender que no quedaban suficientemente acreditados los hechos. La resolución obligaba a la compañía a optar entre readmitirla o abonarle la citada compensación, pero la empresa decidió recurrir mediante suplicación y aportó nuevos elementos de prueba que han resultado determinantes para cambiar el rumbo del litigio.
El alta instancia catalana da la razón a la empresa
El Tribunal Superior de JusticiaCatalán ha concluido que existen indicios suficientes que demuestran la transgresión de la buena fe contractual por parte de la empleada. Según la sentencia, alterar los datos de disponibilidad de una compañera supone una ruptura de la confianza que debe regir toda relación laboral, falta que el código interno de la compañía califica como muy grave y que justifica el despido disciplinario.
Con esta resolución, la trabajadora pierde el derecho a la indemnización que en un principio se le había reconocido y la empresa queda eximida de cualquier obligación de reincorporarla o de abonarle cantidad alguna.