Transparencia
El registro de reuniones entre altos cargos valencianos y «lobbies», todavía no existe
La aplicación debería de estar en funcionamiento desde el pasado mes de mayo
El pasado día 17 de febrero, el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) publicó la activación, en un plazo de tres meses, de la aplicación informática «Regia» para el funcionamiento del registro de los «lobbies» (grupos de interés) de la Comunidad Valenciana, una novedad que aprobó el Gobierno valenciano por decreto en octubre de 2021 en el marco de la Ley 25/2018, por la que se regula la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana.
Entre otras cosas, la norma obliga a los altos cargos de la Generalitat valenciana a publicar sus encuentros con representantes de estos grupos de presión, pero esto no va a poder suceder, de momento, puesto que el registro de actividad de los grupos todavía no existe, a pesar de que ya se han cumplido los tres meses de plazo establecidos.
Aunque sí están registrados todos los grupos de influencia que se han querido establecer como tal -es obligatorio para poder mantener reuniones con los altos cargos- todavía no se ha habilitado la opción de que estos puedan registrar las reuniones que mantienen los «lobbies», algo que además ya es obligatorio.
En estos momento, más de 300 asociaciones, entidades o incluso empresarios, constan en la página web de gvaoberta como grupo de interés. Sin embargo, la administración todavía no ha cumplimentado totalmente su obligación con la norma al no existir el registro de encuentros entre la parte de la sociedad civil y los estamentos políticos.
Desde la Conselleria de Transparencia, responsable de esta norma y de su aplicación, explicaron ayer que se trata de un retraso administrativo debido a la falta de funcionarios, aunque confiaron en que más pronto que tarde se encuentre habilitado el registro.
La intención de este registro es establecer el seguimiento de la huella de estos grupos durante la elaboración normativa de anteproyectos de ley y proyectos de decreto del Consell, así como el procedimiento especial de participación previo a la elaboración de las normas.
El registro deberá contener la información relativa a las reuniones y los asuntos tratados, así como las comunicaciones, los informes y los otros documentos que se produzcan a consecuencia de la actividad de influencia, incluyendo sus contribuciones y participación en consultas oficiales
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