
Dana
El fiscal de la dana pide que se desimpute a Argüeso y apunta a la responsabilidad individual de la exconsellera Pradas
Pide que se mantenga la imputación de la que fuera titular de Justicia por su responsabilidad en la protección de la población

El fiscal de la causa de la dana pidió el pasado día 9 de abril que se desimputara al exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso y que no tuviera que prestar declaración en calidad de investigado. Según el ministerio Público, Argüeso está imputado "por su relevancia orgánica y por ende decisoria".
Sin embargo, considera que el motivo de tal imputación contradice con el principio de culpabilidad que rige el derecho penal y aludiendo a un auto del Supremo, añade que "la responsabilidad penal es estrictamente personal. Cualquier juicio de autoría exige que la persona a la que se atribuye la responsabilidad criminal haya ejecutado por sí la acción típica o, en supuestos de coautoría, tenga el dominio funcional del hecho". Continúa el fiscal que "la división y delegación de funciones y, por tanto, de la capacidad de decisión hace todavía más difícil la afirmación de la responsabilidad criminal". Eso sí, el fiscal advierte que Argüeso podrá ser vuelto a imputar posteriormente si de la investigación se desprendieran responsabilidades penales.
En el caso de Argüeso, la Fiscalía provincial solicita la revocación de su imputación porque atribuir responsabilidades a una persona "por el mero hecho de su cargo, por muy alto que este sea", vulneraría "de manera flagrante el principio de culpabilidad"
Sin embargo, en el caso de la exconsellera Pradas que también ha recurrido su imputación, considera Fiscalía que en este caso, debe desestimarse la petición de la defensa de la imputada que debe prestar declaración en tal condición al ser, ella sí, la responsable y competente en la tarde del 29 de octubre.
En el caso de la exconsellera, el Ministerio Público destaca que la dirección de plan especial ante el riesgo de inundaciones en la Comunitat Valenciana le correspondía a Pradas "una vez declarada la situación de emergencia dos", y tenía, "por ende, la función de determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse".
El alegato remitido por el Ministerio Público a la jueza de Catarroja que instruye esta causa penal considera ajustado a derecho el auto de imputación dictado a partir de los indicios resultantes de las diligencias practicadas sobre la presunta comisión por Pradas de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes.
La Fiscalía detalla que, según la ley autonómica de Protección Civil, el Consell es "el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana" y corresponde al conseller titular de estas competencias gestionar el Centro de Coordinación de Emergencias y "ejercer el mando único" de la emergencia.
El escrito de la Fiscalía ha sido notificado hoy a las partes, después de que se haya celebrado la vista en la que tanto la exconsellera Pradas como el mismo Argüeso han prestado declaración en calidad de imputados, sin que ni el fiscal ni el abogado de la defensa hayan aludido a este escrito durante la vista.
Ambos recursos están presentados ante la Audiencia de Valencia que deberá decidir en próximos días.
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