Tribunales

El Supremo revisa la legalidad de la ordenanza que prohíbe, en Valencia, la apertura de bares a menos de 30 metros de otros

El recurso lo interpuso Sos Hostelería

Valencia entra en la Fase 1 de la Desescalada
Varias personas disfrutan en una terraza de un bar en Valenciad autorizara a que la totalidad de la Comunidad Valenciana pasase en su conjunto a la fase 1 de la desescalada. Las terrazas de los restaurantes y bares de Valencia podrán bajarse a las calzadas con la entrada de la ciudad en la fase 1 de la desescaladIván TerrónEuropa Press

El Tribunal Supremo ha admitido el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sobre la Ordenanza reguladora de protección contra la contaminación acústica aprobada por el Ayuntamiento de Valencia en marzo de 2023, según han informado SOS Hostelería y la Asociación Valenciana de Operadoras de Máquinas Recreativas (Asmovar), que son los que han recurrido la sentencia.

La ordenanza prohibía la apertura de establecimientos de hostelería a menos de 30 metros el uno del otro y, si bien una sentencia anuló parte de la ordenanza, el Ayuntamiento de Valencia recurrió el fallo judicial, lo que llevó a SOS Hostelería a presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Ahora la sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de casación para "determinar si la revisión de las potestades discrecionales de la Administración al elaborar y aprobar un instrumento de ordenación autorizan a examinar las condiciones que se imponen en la legislación en materia de ruidos y su posible afección al acceso a una actividad económica o su ejercicio de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 17 de la ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio”.

En definitiva, el Supremo debe dirimir ahora si, bajo el argumento del control acústico, el Ayuntamiento de Valencia puede limitar una actividad económica como es la hostelería o bien si el Ayuntamiento de Valencia se ha extralimitado en sus funciones.

Desde SOS Hostelería, su presidente, Fidel Molina, ha manifestado que “lamentamos mucho haber tenido que llegar a este extremo para defender los intereses de la hostelería valenciana. Nunca pensamos que el Ayuntamiento recurriría sin ni tan siquiera sentarse con nosotros para hablar”.

Asimismo, Molina ha afirmado que “SOS Hostelería siempre ha sido la primera interesada en que los establecimientos de hostelería de Valencia cumplan con la normativa vigente, y hemos sido colaborativos con la administración”. “Creemos que la vía de control de acústica no es la limitación de actividad si no el cumplimiento de la normativa vigente en esta materia".

Y ha concluido que "esperamos que el proceso abierto por el Supremo nos permita hablar con el Ayuntamiento y llegar a un acuerdo porque estamos convencidos que es posible mantener la actividad económica y cumplir con las ordenanzas”.