La historia rescatada

El acta de acusación contra Alfonso XIII

Parecida humillación a la que sufrió María Cristina de Borbón en 1869, acusada de haber robado las alhajas de la Corona, la experimentó su bisnieto más de 60 años después

Alfonso XIII jugó cantidades ingentes de dinero a la lotería, pero nunca le tocó
Alfonso XIII vivió su propio Gólgota el 20 de noviembre de 1931ArchivoArchivo

Fecha: 1931. El acta decía así: “Las Cortes Constituyentes declaran culpable de alta traición, como fórmula jurídica que resume todos los delitos del acta acusatoria, al Rey de España”.

Lugar: Madrid. Ni tan siquiera el impotente discurso del conde de Romanones, rodeado de diputados convertidos poco menos que en fiscales, impidió que el Congreso votase favorablemente el fallo.

Anécdota. El 25 de abril, un decreto de la propia Presidencia prohibió enajenar cualquier bien por parte del rey y sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad.

Alfonso XIII vivió su propio Gólgota el 20 de noviembre de 1931, cuando las Cortes Constituyentes aprobaron el acta de acusación contra él. Manuel Azaña calibró así la enorme trascendencia de aquel acto celebrado en el hemiciclo del Congreso: “Señores diputados, si queréis que lo resuma en una fórmula, diré que esta noche, con esta votación, se realiza la segunda proclamación de la República en España”.

La misma o parecida humillación que sufrió María Cristina de Borbón a manos de las Cortes Constituyentes de 1869, acusada de haber robado las alhajas de la Corona, la experimentó su bisnieto más de sesenta años después. Tanto María Cristina, como Alfonso XIII, fueron denigrados mientras se hallaban en el exilio, en París.

Nada, ni siquiera el impotente discurso del conde de Romanones, rodeado de diputados convertidos poco menos que en fiscales, impidió que el Congreso votase favorablemente el fallo propuesto por la Comisión de Responsabilidades, que decía, entre otras cosas, así: “Las Cortes Constituyentes declaran culpable de alta traición, como fórmula jurídica que resume todos los delitos del acta acusatoria, al que fue Rey de España, a quien, ejercitando los poderes de su magistratura contra la Constitución del Estado, ha cometido la más criminal violación del orden jurídico de su país, y en consecuencia, el Tribunal soberano de la Nación declara solemnemente fuera de la Ley a D. Alfonso de Borbón Habsburgo Lorena. Privado de la paz jurídica, cualquier ciudadano español podrá aprehender su persona si penetrase en el territorio nacional. Don Alfonso de Borbón será degradado de todas sus dignidades, derechos y títulos […]

Eran las 03:55 de la madrugada del 20 de noviembre. A los pocos días de proclamarse la República, se confiscaron los bienes particulares de Alfonso XIII. El 25 de abril, un decreto de la Presidencia prohibió la enajenación de toda clase de bienes por parte del rey y sus familiares dentro

del cuarto grado de consanguinidad. Otro decreto del 13 de mayo incautó provisionalmente el patrimonio de la Corona, sometiéndolo a lo que en su día decidiesen las Cortes. Este decreto instituyó también una Comisión Dictaminadora del Caudal Privado, encargada de elaborar un informe sobre la situación del Patrimonio Real y la fortuna de Alfonso XIII y su familia.

Al mismo tiempo, se procedió a la apertura de una cuenta en el Banco de España, en la que se depositaron desde entonces los valores, rentas y productos del caudal privado. Los acusadores del monarca, al acceder a la contabilidad de la Intendencia General del Palacio Real, no pudieron alegar entonces otra cosa que “indicios”. Registraron uno a uno los papeles privados de Alfonso XIII y los de su intendente, el conde de Aybar, pero no hallaron pruebas que sostuviesen su terrible acusación de “enriquecimiento ilícito”.

Pero también lo era que, entre esos papeles, no había una sola prueba contundente que vinculase al monarca con la organización ilegal de carreras de galgos en pista cubierta, por ejemplo. De hecho, el certificado emitido por el cajero de la Intendencia de la Real Casa y Patrimonio, Manuel Hurtado del Valle, sobre la participación de Alfonso XIII en la sociedad Stadium Metropolitano que explotaba esas carreras prohibidas fue intervenida por el Juzgado en las oficinas de esta sociedad, y no en la propia caja de la Intendencia de Palacio, donde se decía que estaban depositadas las 100 acciones y las 10 cédulas de fundador en poder del monarca. Sólo tras los registros efectuados en su día por orden del magistrado Mariano Luján en las sedes de las empresas involucradas, pudieron obtenerse pruebas decisivas para el sumario sobre las carreras de galgos.

En otro orden de cosas, tampoco aparecían relacionadas en el catálogo de películas del rey, como era lógico, las cintas de contenido pornográfico a las que era tan aficionado. ¿Acaso iba a ser tan ingenuo Alfonso XIII de acumular pruebas contra él mismo en sus propias dependencias palaciegas?

Aun siendo la ingeniería financiera una acepción relativamente reciente, los grandes hombres de negocios de finales del siglo XIX y principios del XX, entre los cuales se incluía el monarca, sabían perfectamente la información que debían o no proteger de terceras personas. Era cierto también que Alfonso XIII abandonó precipitadamente Palacio el 14 de abril de 1931 pero, ¿quién puede asegurar que, en el último momento, no destruyese él mismo o alguno de sus ayudantes aquellos documentos que podían arruinar para siempre su ya mermado prestigio ante la Nación, haciéndole pasar a la Historia como un rey corrupto?

EL PATRIMONIO DE LA CORONA

El advenimiento de la Segunda República hizo incompatible, igual que con la Primera, la existencia de un Patrimonio de la Corona con el mismo concepto del nuevo régimen de Estado. Por eso, una de las primeras medidas de los nuevos gobernantes fue incautarse de los bienes que integraban el Patrimonio de la Corona. Una comisión asumió así, al principio, las funciones que ostentaba la Casa Real en relación con el Patrimonio de la Corona.

La Ley de 22 de marzo de 1932 fue crucial para el cambio de régimen patrimonial, creándose el Patrimonio de la República en sustitución del Patrimonio de la Corona. Los bienes se asignaron de distinto modo: el Palacio de La Granja se destinó a residencia veraniega del presidente de la República y al turismo; el Palacio Real, a museos y oficinas; el Monte del Pardo, a parque, y el Palacio, al uso del presidente de la República.