Ley de Propiedad intelectual

Vía libre a la Ley de Propiedad Intelectual

El Congreso aprueba la «Tasa Google», que obliga a los agregadores a pagar por los contenidos de Prensa

José Ignacio Wert
José Ignacio Wertlarazon

Aprobada la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual con el apoyo del PP y el rechazo del resto de partidos políticos.

Ayer quedó visto para sentencia –en términos legales, se entiende, esto es, para el último trámite, el Senado, cuando arranque el curso legislativo en otoño– el texto con las oportunas enmiendas de la Ley que dio sus primeros pasos en enero de 2012, cuando fue anunciada por el ministro Wert, y que reformará la Ley de Propiedad Intelectual de 1996. La nueva norma revisa y amplía varios puntos clave. De ellos, quizá el que más ha dado que hablar es la novedad que supone la conocida como «Tasa Google»: los agregadores de noticias tendrán que pagar a los editores de medios de comunicación por el uso de fragmentos de sus contenidos. Pero el texto, que ayer obtuvo el «sí» de la Comisión de Cultura del Congreso, con los 22 votos a favor del Grupo Popular y los 20 en contra del resto de agrupaciones, tiene otros ejes: mayor control sobre las entidades de gestión, derecho de cita, variaciones en el canon digital y nuevas atribuciones a la Comisión de la Propiedad Intelectual, la institución encargada de hacer efectivo el control contra las infracciones en este campo. Como explicó en su intervención el portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Juan de Dios Ruano, el proyecto de Ley responde a nueve motivaciones esenciales, y una de ellas «adaptar el límite de cita o reseña al ambito de internet, reconociendo el derecho de las empresa editoras a ser compensados por la reproducción de sus contenidos». Tras una larga, tres hors y media, y por momentos caótica sesión en la Comisión de Cultura, el texto se aprobó, incluyendo nueve enmiendas transaccionales –se quedaron fuera otras 153 de los diferentes grupos políticos–, casi todas detalles técnicos del enunciado del articulado de la Ley.

La «tasa google», para editores

Los gigantes de los agregadores digitales de noticias –el gigante, en singular, podría reflexionarse; no es casual que popularmente se haya bautizado a esta medida con el nombre de Google– tendrán que pagar por las noticias que enlazan parcialmente. Lo dice el artículo 1, apartado 4, del nuevo texto, que modifica el antiguo artículo 32 de la Ley de 1996, titulada «Citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de divulgación científica», y que ahora pasa a enunciar: «La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios web de actualización periódica (...) no requerirá autorización. Sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de los titulares de derechos a percibir una compensación equitativa». Este derecho será «irrenunciable». En el aire queda si esa compensación afectará únicamente a los editores o también a los autores (periodistas y fotógrafos), como defendió el PSOE en una de sus enmiendas, y que el Grupo Popular abrazó al comienzo de la sesión de ayer. «Existe un derecho de compensacion de los editores y los autores de noticias que han de satisfacer los agregadores de internet», explicaba ayer Ruano a la Prensa tras la sesión. Si bien, el texto se limita a un ambiguo «los titulares de derechos».

Obras huérfanas

Se establece la figura de la «obra huérfana», que define a aquellos derechos generados por obras cuyos titulares se desconocen –al menos parcialmente–. Durante las últimas décadas, alguna entidad de gestión ha acumulado millones de euros en obras no identificadas. La Ley pondrá coto a estos depósitos generadores de movimientos sospechosos.

Compensación por copia privada

La Ley mantendrá la compensación por copia privada –el pago por la reproducción de obras divulgadas–, que se llevará a cabo a través de los Presupuestos Generales del Estado, confirmando la desaparición del Canon Digital, una medida difunta desde 2012, y se tratará de un «derecho irrenunciable para los autores y los artistas intérpretes o ejecutantes». Se trata de una de las medidas a las que se oponen los grupos de la oposición parlamentaria. Entre otras críticas, Monserrat Surroca, portavoz de CiU, señalaba ayer que no respeta la jurisprudencia y es preciso adaptarlo a la normativa europea, de tal forma que sólo paguen la compensación a quien realiza las copias privadas: «Es un despropósito que sea el contribuyente el que pague de forma indiscriminada», explicó. Por otro lado, los derechos de explotación de composiciones musicales durarán toda la vida de los autores de la letra y la música, y 70 años a partir de la muerte del último de ambos.

Entidades de gestión

El mayor control a las entidades de gestión de derechos de autor es una de las claves de la reforma de la Ley. Para ello, se ha articulado los mecanismos de voto, tratando de que sean más plurales, se limita la duración de los contratos con los socios, se establecen criterios para el reparto de derechos recaudados y, sobre todo, se obligará a toda entidad a rendir cuentas anuales. Obviamente, las entidades de gestión han mostrado su rechazo. El pasado abril, las ocho principales –entre ellas, SGAE, Cedro, Vegap, AISGE y Aegeda– habían pedido la retirada de la Ley en pleno trámite parlamentario. El régimen sancionador a las entidades de gestión es otra de las novedades, introducido en el Título VI del Libro III de la antigua norma. Se castigarán la «ineficiencia manifiesta y notoria en la administración de los derechos que la entidad de gestión tenga encomendados», entre otros comportamientos. Las sanciones estipuladas serán de entre un 1 y un 2 por ciento de la recaudación total de la entidad obtenida el año anterior a la multa o, en su defecto, de entre 400.000 y 800.000 euros para las infraciones muy graves. La entidad podría además ser inhabilitada para operar. Infracciones de menor gravedad llevarán parejas multas de hasta 400.000 euros (en el caso de las «graves») o hasta 200.000 o, como mucho, el 0,5% de su recaudación (las «leves»).

Ventanilla única

Las entidades de gestión de derechos quedarán obligadas «a participar en la creación, gestión, financiación y mantenimiento de una ventanilla única de facturación y pago, accesible a través de internet», como reza parte del apartado 15 del artículo primero, que a su vez complementa el antiguo artículo 157. Era una vieja aspiración de los titulares de derechos que pondrá a fin a conflictos entre competencias de una y otra entidad y evitará conflictos con usuarios. Una medida que entraría en lo que el Grupo Popular define como «adaptar la Ley de Propiedad Intelectual a la nueva legislación de racionalización del sector público» y a la clara finalidad de todo el proyecto: «Defender y proteger a nuestros creadores culturales en el ámbito digital», según explicaba ayer Ruano.

Una comisión reforzada

La Comisión de la Propiedad Intelectual nació en 2012, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para velar por la mediación, arbitraje, determinación d etarifas y control de infracciones en cuestiones de derechos de autor. El artículo 1, apartados 17 a 19 del nuevo texto modifica el 158 de la de 1996 para dotarla de mayor capacidad sancianadora. Podrá actuar contra los prestadores de servicios –páginas web– que vulneren derechos de propiedad intelectual, «facilitando la descripción o la localización de obras». Estas atribuciones, que ya tenía, se ven reforzadas por las multas que su Sección segunda podrá imponer: entre 30.000 y 300.000 euros para aquellas que sean consideradas infracciones administrativas graves. La reanudación por dos o más veces de actividades vulneradoras tendrá la misma consideración.

Cierre de páginas web

La Comisión de la Propiedad Intelectual podrá imponer el cese de las actividades declaradas infractoras durane un periodo máximo de un año. La comisión deberá dar un periodo de 48 horas para que la página pueda retirar voluntariamente los contenidos ilegales. Pero, de no hacerlo, podrá forzar su cese, para lo cual la Ley la dota del poder para requerir al órgano competente la colaboración necesaria. Lo anterior ya estaba estipulado previamente, pero la reforma de la Ley añade que la CPI podrá actuar frente a las páginas que tienen como principal actividad facilitar de manera específica y masiva la localización de contenidos ofrecidos ilicitamente de forma «notoria». Dotar de mayor autonomía, eficacia y capacidad de actuación a la LPI venía siendo una de las demandas de las principales entidades de gestión y asociaciones de productores de contenidos, ya que, pese a las buenas intenciones, desde su puesta en marcha en 2012 la Comisión sólo ha tramitado 119 solicitudes, que han generado la retirada de contenidos de 191 webs, 24 de las cuales han cesado su actividad.

La posición de otros países de la UE frente al gigante de la Red

Francia

En 2013, el agregador de contenidos llegó a un acuerdo con el gobierno galo de Hollande para donar un fondo de hasta 60 millones de euros –a modo de compensación por usar los contenidos de la prensa escrita– para financiar proyectos de desarrollo web que ayudan a los medios franceses impresos a impulsar la innovación y realizar la transición digital. Ésa es la «entente cordiale» que se estableció entre Francia y Google, que evitaba la compensación económica por enlazar sus contenidos.

Alemania

La legislación germana es sin duda la más restrictiva y la que ha posicionado con más firmeza a favor de los editores. En marzo de 2013, el Parlamento alemán aprobó una legislación que obliga a buscadores como Google y Yahoo a pagar a las empresas editoras por difundir sus informaciones completas. Estos tienen que pagar licencias a los medios alemanes para difundir sus contenidos informativos.

Bélgica

En este país el conflicto ha sido mucho más cruento. En el año 2011, los editores llevaron a los tribunales a Google al violar sus derechos de autor al mostrar sus artículos y publicar enlaces a las copias de sus páginas. Los tribunales le dieron la razón a los editores y la multinacional tuvo que terminar con esta práctica. Al año siguiente los editores y el agregador de noticias llegaron a un acuerdo: Google no paga por los contenidos que enlaza a cambio de anunciarse en los medios de comunicación y explotar en común nuevas líneas de negocio.