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¿Puedo sacar dinero de la cuenta de un familiar fallecido?

Deberá acreditar su condición de heredero y aportar la documentación justificativa de la adjudicación de la herencia y el pago del Impuesto de Sucesiones

La inactividad de una cuenta puede salirnos cara
La inactividad de una cuenta puede salirnos caralarazon

Gestionar una herencia es un trámite para el que nunca se está preparado. Llegado el momento, la mayoría de los herederos desconocen cuáles son los pasos a seguir. Una de las primeras dudas que surgen es si se puede acceder al dinero que el fallecido tienen en el banco para cubrir los gastos que ocasione la propia gestión de la herencia. La plataforma de reclamaciones online Reclamador.es resuelve las principales dudas al respecto

¿Puede acceder inmediatamente al dinero?

Las cuentas bancarias se incluyen entre los bienes a percibir por los herederos. Por ello, los herederos deben tramitar la herencia para poder acceder a este capital. Tal y como explica Reclamador.es, “si el difunto fuera el único titular, los herederos son quienes tienen que hacer las gestiones pertinentes para reclamar el capital”. Y hasta que no se haya repartido correctamente y se hayan superado todos los trámites legales, no se podrá acceder al dinero.

Notificación al banco y bloqueo de la cuenta

El primer paso es notificar la muerte al banco “para evitar cobros o pagos indeseados”, indica la plataforma de reclamaciones online. Aunque se seguirán pagando los gastos corrientes que el fallecido tuviera domiciliados, como luz, agua y gas. En ese momento, se bloquea la cuenta y el “autorizado” de la cuenta no puede realizar ninguna operación. Es más, como advierte Reclamador.es, si dicha persona accede al dinero después del fallecimiento del titular, los herederos podrían denunciarle por apropiación indebida. El siguiente paso es solicitar la emisión del certificado de saldos y posiciones. Con este documento se podrá saber cuál era el efectivo, los depósitos o fondos de inversión que el fallecido tuviera en la entidad, y así los herederos podrán repartir la herencia como corresponda.

Documentos necesarios para cobrar la herencia

Lo primero que deben hacer los herederos es acreditar que lo son. Para ello se debe presentar el certificado de defunción y del Registro de Actos de Última Voluntad, así como una copia autorizada del último testamento o, si no lo hubiera, de la declaración de herederos.

A continuación, y para poder disponer de los fondos, los herederos deberán "aportar la documentación justificativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia. También la documentación sobre el pago del Impuesto de Sucesiones, puesto que al ser subsidiariamente responsables de su abono, se asegurarán de que no tienen esa carga antes de liberar los saldos”, señala Reclamador.es

¿Y si la cuenta era compartida?

En ese caso, los otros titulares podrán sacar dinero, sin superar la parte que les corresponda. Es decir, si eran dos titulares y uno fallece, la otra persona solo podrá acceder al 50% del dinero que hay en la cuenta, ya que la otra mitad corresponde a los herederos del fallecido. Reclamador.es advierte de que algunos bancos también pueden bloquear la totalidad del saldo aunque haya varios titulares, “pese a que el Banco de España lo considera una mala práctica”.