Testamento

Reparto de la herencia: ¿qué le toca a cada heredero?

No todos tienen los mismos derechos. De hecho, no incluir al viudo o la viuda en el testamento puede dejarle con las manos prácticamente vacías

Dos personas llegan a un acuerdo
Dos personas llegan a un acuerdoPIXABAY

El momento de repartir la herencia es uno de los que más conflictos genera tras el fallecimiento de un familiar. No saber qué parte corresponde a cada heredero legalmente puede generar confusión, disputas e incluso puede dejar a algunos familiares al borde del precipicio económico. Tras realizar las operaciones previas, como analizar el inventario de la masa hereditaria, aceptar o rechazar la herencia y liquidar posibles deudas, entre otras, llega el momento del reparto. ¿Qué parte le toca a cada familiar?

La herencia no se divide en partes iguales entre cada heredero, al menos, no necesariamente. Hay tres tercios:

-El tercio de libre disposición, como su propio nombre indica, se puede dejar a aquella persona o personas que se considere sin necesidad de ser heredero legítimo, ascendiente, descendiente u otro familiar, y se puede repartir en las porciones que se desee.

-El tercio de mejora solo puede distribuirse a favor de los hijos y descendientes y nunca de terceras personas fuera de ese vínculo familiar, aunque según decida el testador y sin necesidad de repartirse en partes iguales entre todos los descendientes.

-Por otro lado está el tercio de la legítima. Esta parte está reservada a los herederos forzosos y si son varios se divide en partes iguales entre cada heredero, lo cual no se puede cambiar. Pero, ¿quiénes son los herederos forzosos?

Según el artículo 807 del Código Civil, los herederos forzosos son, por este orden:

1.Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. Es decir, hijos y nietos, tanto biológicos como adoptados. Tienen derecho a la legítima, al tercio de mejora y también pueden estar reflejados en el tercio de libre disposición si así lo decide el familiar fallecido.

2. En ausencia de estos, los herederos forzosos son los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. Es decir, tanto padres como abuelos. Por ejemplo en el caso de una persona que haya fallecido sin descendencia y cuyos padres sigan vivos, estos serían los herederos forzosos o legítimos y tienen derecho a la mitad de la herencia o a un tercio si hay un cónyuge viudo.

3. A falta de descendientes y ascendiente, sigue este listado la viuda o el viudo. En caso de fallecimiento, los descendientes son los que heredan y, en contra de la creencia popular, el cónyuge tendría derecho solo a la legítima, que equivale al usufructo, no a la propiedad, de un tercio de la herencia. Y en ausencia de hijos, heredan los padres antes que el cónyuge, salvo que diga lo contrario en el testamento. Por este motivo, es muy importante incluir al esposo o esposa en el testamento, ya que al no hacerlo el cónyuge puede quedarse hasta sin casa y con las manos vacías.

4. El siguiente escaño son los hermanos e hijos de hermanos.

5. Le siguen el resto de parientes colaterales hasta cuarto grado de consanguinidad (hasta primos hermanos, sobrinos nietos o tía abuela).

6. Por último, el Estado.