Prestaciones

¿Puedo perder el subsidio para mayores de 52 años si recibo una herencia?

Uno de los principales requisitos para cobrar la prestación es carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que superen el 75% del SMI mensual

Oficina de Empleo en Madrid.
Oficina de Empleo en Madrid.Jesús G. FeriaLa Razon

La mayoría de los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años son trabajadores que fueron despedidos o que se quedaron sin trabajo a una avanzada edad sin posibilidad de reincorporarse al mercado laboral. Esta prestación de 451,92 euros mensuales en 2021 les da una cobertura siempre y cuando acrediten que reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la jubilación (es decir, haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años han de estar dentro de los últimos 15) y haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral. Además, deberán carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del SMI. Las dudas llegan cuando se recibe un ingreso extra como puede ser una herencia que pueden hacer que el beneficiario supere con creces es umbral. ¿Si cobro la herencia me quitan el subsidio? Dependerá de cómo lo gestione el beneficiario con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El Tribunal Supremo sentenció que si el perceptor de una prestación como el subsidio para mayores de 52 años no comunica al SEPE a tiempo y en los plazos establecidos la aceptación de una herencia, será motivo suficiente para que se le retire el subsidio y además tenga que devolver todas las cantidades cobradas desde el momento de la aceptación. Así lo recoge la sentencia del Tribunal Supremo (305/2019 de 10 de abril de 2019) sobre el caso de una beneficiaria del subsidio de mayores de 52 años que en 2014 aceptó como herencia un inmueble valorado en 8.275 euros. La mujer lo comunicó al SEPE un año después, cuando el plazo para poner al tanto al SEPE es de 30 días desde la aceptación de la herencia. La infracción le conllevó la pérdida del subsidio y la obligación de devolver todo lo cobrado desde la aceptación de la herencia.

¿Me quitarán la prestación si cobro la herencia?

No. Esta sentencia creó jurisprudencia, por lo tanto una responsabilidad ineludible para no dar lugar a la pérdida de la prestación ni a la devolución de lo cobrado es informar al SEPE sobre la aceptación de una herencia, y hacerlo en los plazos establecidos. Esto no implica la pérdida del subsidio. Una vez el organismo esté al tanto de la situación, lo único que puede suceder es que se paralice el subsidio o pensión el mes en el que se cobre la herencia.

Con toda la información a su disposición, el SEPE procede a dividir la herencia entre los 12 meses del año para ver si mensualmente se supera la barrera del 75% del SMI,es decir, 712,50 euros al mes. Si no supera los 712,50 euros se sigue cobrando el subsidio con normalidad, mientras que si el resultado es superior a 712,50 euros se suspende el cobro del subsidio durante un mes y tras la suspensión temporal se reanuda el cobro normal. Por ejemplo, si un beneficiario del subsidio para mayores mayores de 52 años acepta un herencia valorada en 20.000 euros (que dividido entre 12 son 1.667 euros) perderá la prestación el mes que recibe la herencia, pero al mes siguiente la volverá a cobrar con normalidad.