Nueva ley
Los pequeños propietarios que bajen el alquiler tendrán bonificaciones fiscales de hasta el 90%
Las sociedades de alquiler perderán la mitad de las bonificaciones fiscales. Pasarán del 85% al 40%. Ese dinero servirá para cubrir las exenciones del 90% a los pequeños propietarios que bajen el alquiler
No hay prisioneros, al menos entre los grandes tenedores de viviendas tras la nueva Ley de Vivienda acordada entre los socios de coalición y que pretende reducir al mínimo sus ventajas fiscales y gravar al máximo todo lo demás. Así, el texto que se pretende aprobar contempla reducir en más de la mitad las bonificaciones fiscales que perciben las denominadas Sociedades de Alquiler de Vivienda, que pasarán del 85% actual al 40% que estipula la nueva normativa. Por contra, se pautan bonificaciones fiscales de hasta el 90% para los pequeños propietarios que bajen el precio de los alquileres.
El objetivo de este recorte fiscal es «acabar con los privilegios de estas entidades», aseguran fuentes de Podemos, que engloban a estas entidades dentro de la categoría de grandes propietarios. Precisamente, esta mayor tributación de estas entidades servirá para facilitar las exenciones fiscales de los pequeños propietarios que bajen las rentas de sus inquilinos en pisos incluidos en zonas tensionadas.
Por su parte, los propietarios particulares que tengan más de 10 viviendas en el mercado de alquiler tendrán que bajar sus precios en base a los índices de referencia que se definan por parte del Gobierno –se ha dado un plazo de 18 meses para establecer un nuevo índice, al quedarse obsoleto el realizado por el anterior equipo del ex ministro Ábalos–, algo que se aplicará tanto a un nuevo contrato al mismo inquilino como a otro inquilino diferente.
Otras iniciativas que introducirá la nueva ley son la imposibilidad de venta de vivienda pública por parte de las administraciones a entidades privadas y fondos de inversión, destinar un 30% de las nuevas promociones a vivienda protegida, para ampliar el parque público de vivienda, de las que la mitad (el 15% del total) será para alquiler social, un recargo de hasta 150% del IBI para los pisos vacíos y una regulación del precio del alquiler para bajar las rentas en las viviendas en manos de grandes propietarios (10 viviendas o más) con personalidad jurídica.
Para disfrutar de bonificaciones en el Impuesto de Sociedades se deben tener al menos ocho viviendas en arrendamiento un mínimo de tres años. También pueden acogerse las entidades mixtas, con viviendas en alquiler o en venta, pero que el alquiler tenga un peso de al menos 55% del total.
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