Vivienda

¿Es obligatorio contratar a un socorrista para una piscina comunitaria?

Durante el verano, los ciudadanos buscan alternativas para refrescarse como el uso de aire acondicionado o un baño en la piscina

Un soccorsa en una piscina comunitaria
Un soccorsa en una piscina comunitarialarazon

El ansiado verano por fin ha comenzado para muchos. Esta época suele ser sinónimo de vacaciones y de la llegada del calor y altas temperaturas en todas las zonas del territorio español. Por ello, no es de extrañar que los ciudadanos intenten buscar alternativas para paliar este calor sofocante ya sea encendiendo el aire acondicionado o ventilador en las viviendas, haciendo uso de ropa fresca y cómoda o dándose un baño en la piscina.

No obstante, no todo el mundo tiene el privilegio de contar con una piscina en plena época estival, por lo que aquellos residentes de pisos con piscina comunitaria que pueden disfrutar de un baño refrescante pasan a ser la envidia del resto de ciudadanos.

En este aspecto, tener una vivienda con piscina comunitaria tiene numerosas ventajas, aunque siempre existen muchas dudas acerca de la normativa, la cuál es imprescindible conocer para garantizar su correcto uso por la seguridad y el bienestar de todos los residentes.

Entre las incógnitas existentes está el saber en qué casos es obligatorio tener un socorrista en una piscina comunitaria, así como cuáles son los horarios de apertura y cierre, entre otras.

Antes de nada, todos los propietarios de una vivienda con piscina comunitaria deben saber que para garantizar su buen uso y funcionamiento, en todas estas instalaciones se deben seguir unas normas que establece la Ley de Propiedad Horizontal.

No obstante, dicha normativa suele causar confusión, ya que no hay un consenso claro acerca de qué se considera y qué no piscina comunitaria, ya que cada autonomía tiene su propio criterio, por lo que las normas también varían dependiendo de la comunidad. Otros de los aspectos que más cambian entre autonomías son todos aquellos que tengan que ver con la obligatoriedad o no de disponer de un socorrista, con el horario de apertura y cierre, y con el aforo máximo de personas permitido, entre otras.

Pese a que la normativa cambia de una comunidad de propietarios a otra, existen unas normas básicas que todas las piscinas comunitarias deben cumplir, sobre todo aquellas relacionadas con la seguridad, la higiene y el mantenimiento. Por tanto, dado que la seguridad es una de las más importantes ya que de ella puede depender la vida de los usuarios de la piscina, en muchos casos es obligatoria la figura del socorrista.

¿Cuándo es obligatoria esta figura?

El socorrista solo es obligatorio en algunas comunidades, en las cuáles se determinará si se necesita o no dependiendo del tamaño y profundidad de la piscina, así como del número de vecinos a los que les esté permitido usarlo, tal y como explican desde el portal inmobiliario Fotocasa.

Dado que esto cambia de una autonomía a otra, es necesario que la comunidad de propietarios conozca detalladamente la normativa de la comunidad autónoma a la que pertenece y entonces contratar o no a estos profesionales.

En este sentido, el número de socorristas dependerá de los metros que tenga la piscina, ya que si esta supera los 50 metros será necesario contratar a dos o más socorristas. Asimismo, también será necesario contratar a un socorrista en la mayoría de autonomías, siempre y cuando la piscina pertenezca a una comunidad en la que haya treinta viviendas o más. No obstante, independientemente de la normativa de cada autonomía y comunidad de propietarios, es recomendable centrar con uno en todas las piscinas comunitarias.